Resoluciones. 065-DIGERCIC-CGAJ-DAJ-2020 Apruébese la Décima Cuarta Reforma al Plan Anual de Contrataciones (PAC) 2020

Número de Boletín1001
SecciónResoluciones
EmisorDirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación
16 – Lunes 14 de septiembre de 2020 Edición Especial Nº 1001 – Registro Ocial
Pág. 1 de 4
RESOLUCIÓN No. 065-DIGERCIC-CGAJ-DAJ-2020
Lcdo. Vicente Andrés Taiano González
DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO
CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y
CEDULACIÓN
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 226, establece: (… ) las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en función de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines
y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constitución.”;
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación.”;
compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, trasparencia, calidad,
responsabilidad ambiental y social. (…)”;
Que, en el Registro Oficial Suplemento N° 395 de 04 de agosto de 2008, se publicó la Ley
normas y principios del Sistema de Contratación Pública se aplican a las instituciones
de Derecho Público y Privado, estas últimas, siempre que tengan capital o
participación pública;
Pública, señala: “Máxima autoridad. - Quien ejerce administrativamente la
representación legal de la entidad u organismo contratante. (…)”;
el Plan Anual de Contratación, señala: “Las Entidades Contratantes, para cumplir con
los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades
institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto
correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución,
asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado. El Plan
será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro
de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal
COMPRAS PÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas
serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso. El
contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el
Reglamento de la presente Ley.”;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR