Acuerdos. 085 Apruébese el estatuto y otórguese personería jurídica a la Fundación Geoparque Napo Sumaco, domiciliada en el cantón Tena, provincia de Napo

Número de Boletín76
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Ambiente
4 – Viernes 8 de noviembre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 76
Art. 5.- El presente Acuerdo tendrá vigencia a partir de la
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito, 16 de octubre de 2019.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
f.) Ab. Andrés Oleas U., Coordinador General Jurídico.
Delegado del Ministro del Ambiente.
MINISTERIO DEL AMBIENTE
N° 085
Abg. Andrés Sebastián Oleas Uvidia
COORDINADOR GENERAL JURIDICO
Considerando:
Que, el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la
República del Ecuador reconoce y garantiza a las personas
el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma
libre y voluntaria;
Que, el numeral 6 del artículo 83 de la Constitución de
la República del Ecuador establece que son deberes y
responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos
respetar los derechos de la naturaleza, preservar un
ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo
racional, sustentable y sostenible;
Ciudadana, señala “las organizaciones sociales que
desearen tener personalidad jurídica deberán remitirla a
las diferentes instancias públicas que correspondan a su
ámbito de acción y actualizarán sus datos conforme a sus
estatutos. El registro de las organizaciones sociales se
hará bajo el respeto a los principios de libre asociación y
autodeterminación”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 193, publicado en el
Suplemento del Registro Of‌i cial N° 109 del 27 de octubre
de 2017, se emite el Reglamento para el Otorgamiento de
Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales, en el
Art. 2 faculta a las instituciones competentes del Estado
de acuerdo a sus competencias específ‌i cas para otorgar
personalidad jurídica a las organizaciones sociales sin f‌i nes
de lucro que voluntariamente lo requieran y se ajusten a
las disposiciones constitucionales, legales y al presente
Reglamento;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, faculta a los
Ministros de Estado para el despacho de todos los asuntos
inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización
alguna del Presidente de la República, salvo los casos
expresamente señalados en leyes especiales;
Que, mediante documento de control N°. MAE-SG-
2019-7396-E de fecha 14 de junio de 2019, ingresan la
solicitud y documentación requerida para la aprobación de
la personalidad jurídica de la Fundación Geoparque Napo
Sumaco, domiciliada en la ciudad de Tena-Napo.
Que, la Coordinación General Jurídica, solicitó a la
Nacional de Biodiversidad mediante memorando N°.
MAE-CGJ-2019-1398-M del 04 de julio de 2019, con el f‌i n
de que emita el informe técnico respecto de los objetivos
y f‌i nes de la organización; unidad administrativa que; con
memorando MAE-DNB-2019-1502-M del 22 de julio de
2019, emite el informe con observaciones.
Que, mediante of‌i cio N° MAE-CGJ-2019-0517-O, de fecha
25 de julio de 2019, la Coordinación General Jurídica,
notif‌i ca a la Pre-Fundación Geoparque Napo Sumaco, con
las observaciones realizadas por esta Cartera de Estado para
la respectiva corrección;
Que, mediante of‌i cio s/n de fecha 15 de agosto de 2019,
ingresado a esta Cartera de Estado con hoja de control N°
MAE-SG-2019-9897-E, de fecha 15 de agosto de 2019, el
señor José Luis Sánchez Cortez, ingresa la documentación
acogiendo las observaciones realizadas;
Que, mediante memorando N°. MAE-CGJ-2019-1830-M
de fecha 27 de agosto de 2019, contiene el informe motivado
previsto en el numeral 3 del artículo 13 del Decreto 193,
se señala que las observaciones han sido acogidas y el
tramite reúne los requisitos reglamentarios y recomienda la
expedición del respectivo Acuerdo Ministerial, lo cual fue
aprobado mediante sumilla inserta en el Sistema de Gestión
Documental – Quipux por parte del Coordinador General
Jurídico;
Que, mediante acción de personal N-00135 de fecha 29
de agosto de 2019, se otorga el nombramiento de Libre
Remoción al MSc. Andrés Sebastián Oleas Uvidia, en el
puesto de Coordinador General Jurídico del Ministerio del
Ambiente.
Que, mediante Acuerdo Ministerial N°. 250 de fecha 30 de
diciembre de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial N° 394
del 28 de febrero del 2011, el titular de la cartera de Ambiente
delega al Coordinador General Jurídico varias atribuciones,
entre las que consta en el artículo 1, literal d) “Aprobar
los Estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones
vinculadas a los ámbitos de competencia de este Ministerio
y sus respectivas reformas; al igual que disolver, de forma
motivada, las corporaciones, fundaciones y asociaciones
conforme a la causales previstas en el Estatuto Social de
cada organización”; y,
En ejercicio de las atribuciones delegadas mediante
Acuerdo Ministerial N°. 250, del 30 de diciembre de 2010,
publicado en el Registro Of‌i cial N° 394 del 28 de febrero
del 2011;
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