Resoluciones. 096–DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2022 Deléguese la elaboración del Plan Anual de Compras Públicas de la institución a la Dirección Administrativa

Número de Boletín129
SecciónResoluciones
EmisorDirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación
Jueves 18 de agosto de 2022 Suplemento Nº 129 - Registro Ocial
36
RESOLUCIÓN Nro. 096DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2022
Sr. Fernando Marcelo Alvear Calderón
DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL,
IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 82 de la Constitución de la República, estatuye: "El derecho a la seguridad
jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas
jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes";
Que, el artículo 226 de la Co nstitución de la República, establece: "Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de
los derechos reconocidos en la Constitución";
Que, el artículo 227 de la Carta Magna, determina: "La Administración Pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad,
jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación";
Que, la norma constitucional en su artículo 233 dispone: "Ninguna servidora ni servidor público
estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus
funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente
por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos (…)";
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 288 determina: “Las compras
públicas cumplirán con criter ios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad
ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los
provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas
unidades productivas”;
Que, el Código Orgánico Administrativo, en su artículo 7 señala: “La función administrativa se
desarrolla bajo el criterio de distribución objetiva de funciones, privilegia la delegación de
la repartición de funciones entre los órganos de una misma administración pública, para
descongestionar y acercar las administraciones a las personas”;
Que, el Código Orgánico Administrativo, en su artículo 9 señ ala: Principio de coordinación.-
Las administraciones públicas desarrollan sus competencias de forma racional y
ordenada, evitan las duplicidades y las omisiones”;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR