Resoluciones. 109-2020 Por fuera mayor o caso fortuito, realícense ajustes y cámbiense las fechas al cronograma referencial del Concurso Público de Oposición y Méritos, Impugnación y Control Social para la selección y designación de las y los jueces de la Corte Nacional de Justicia

Número de Boletín326
SecciónResoluciones
EmisorResolución
64 – Martes 10 de noviembre de 2020 Registro Ocial 326
109-2020
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RESOLUCIÓN 109-2020
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial, determinan
que el Consejo de la Judicatura es el órgano único de gobierno,
administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 183, inciso segundo, de la Constitución de la República del
Ecuador, dispone que: ()Las juezas y jueces de la Corte Nacional de
Justicia serán elegidos por el Consejo de la Judicatura conforme a un
procedimiento con concurso de oposición y méritos, impugnación y
control social ();
Que el artículo 264 numeral 10 del Código Orgánico de la Función Judicial,
prescribe que al Pleno del Consejo de la Judicatura, le corresponde:
“Expedir (...) resoluciones de régimen interno, con sujeción a la
Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento,
responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para
velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial…”;
Que el artículo 30 del Código Civil, determina: “Se llama fuerza mayor o caso
fortuito, el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un
terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos
por un funcionario público, etc.”;
Que mediante Resolución 055-2020, de 31 de mayo de 2020, publicada en la
Edición Especial del Registro Oficial No. 688, de 19 de junio de 2020, el
Pleno del Consejo de la Judicatura resolvió expedir el: “REGLAMENTO
PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS,
IMPUGNACIÓN Y CONTROL SOCIAL PARA LA SELECCIÓN Y
DESIGNACIÓN DE LAS Y LOS JUECES DE LA CORTE NACIONAL DE
JUSTICIA”, estableciendo en el artículo 6, numerales 5 y 6, que es
atribución del Pleno del Consejo de la Judicatura: ()5. Realizar ajustes
al cronograma del concurso público, previo informe de la Dirección
Nacional de Talento Humano, validado por la Dirección General; 6.
Resolver el cambio de fechas del concurso público, por fuerza mayor o
caso fortuito, informados por la Dirección General ();
Que la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones TIC’s, con Memorando circular CJ-DNTICS-2020-0365-
MC, de 5 de octubre de 2020, remitió su Informe Técnico No. CJ-DNTICS-
SNIT-2020-OC-034, respecto del “Cronograma sobre proyecto hadoop
para resolución de incidentes”, en el cual estableció como fecha tentativa
de pruebas y cierre del incidente el 28 de octubre de 2020;
Que la Dirección Nacional de Talento Humano puso en conocimiento del señor
Director General el Memorando CJ-DNTH-2020-3566-M, de 6 de octubre

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