Resoluciones. 112-2020 Emítense las Directrices para el Funcionamiento de Tribunales Fijos en Manabí y Reprogramación del Cronograma para la Conformación de Tribunales Fijos en Órganos Jurisdiccionales Pluripersonales en Materias No Penales a Nivel Nacional

Número de Boletín332
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Miércoles 18 de noviembre de 2020 – 81Registro Ocial 332
112-2020
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RESOLUCIÓN 112-2020
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo
254 del Código Orgánico de la Función Judicial, determinan que el Consejo
de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 181 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República del
Ecuador y 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, determinan que el
Consejo de la Judicatura debe definir, formular y ejecutar políticas públicas
administrativas para el mejoramiento, modernización y transformación de
la Función Judicial, para brindar un servicio de calidad de acuerdo a las
necesidades de las y los usuarios;
Que el artículo 186 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe:
()El Consejo de la Judicatura determinará el número de tribunales y
juzgados necesarios, conforme a las necesidades de la población ();
establece que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “10.
Expedir, modificar, derogar (…) resoluciones de régimen interno, con
sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento,
responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para
velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;
Que el artículo 12 del Código Orgánico General de Procesos, prescribe:
“Competencia del tribunal, designación y atribuciones de la o del juzgador
ponente. Cuando se trate de tribunales conformados de las Salas de la
Corte Provincial o de los Tribunales de lo Contencioso Tributario y
Administrativo se realizará el sorteo para prevenir su competencia y para
determinar la o el juzgador ponente. (…) / En el caso de los Tribunales
conformados de las Salas de la Corte Nacional de Justicia, se aplicará la
norma antedicha, con excepción de la calificación del recurso de casación,
que la realizará un único conjuez, conforme con la ley;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 192-2019, de
21 de noviembre de 2019, publicada en el Registro Oficial No. 100, de 3 de
diciembre de 2019, resolvió: “IMPLEMENTAR EL SISTEMA DE
TRIBUNALES FIJOS EN ÓRGANOS JURISDICCIONALES
PLURIPERSONALES A NIVEL NACIONAL”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 049-2020, de
14 de mayo de 2020, publicado en la Edición Especial del Registro Oficial
No. 650 de 9 de junio de 2020, resolvió: “APROBAR EL PLAN DE
COBERTURA JUDICIAL PARA SERVIDORAS Y SERVIDORES DE LA

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