Sentencias. 1211-16-EP/22 En el Caso No. 1211-16-EP Desestímese las pretensiones de la acción extraordinaria de protección No. 1211-16-EP

Número de Boletín38
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Viernes 20 de mayo de 2022Edición Constitucional Nº 38 - Registro Ocial
25
Sentencia No. 1211-16-EP /22
Juez ponente: Alí Lozada P rado
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 13 de abril de 2022.
CASO No. 1211-16-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 1211-16-EP/22
I. Antecedentes
A. Actuaciones procesales
1. El 22 de agosto de 2014, la compañía HOLDING LAUHAT S.A. presentó una demanda
de impugnación en contra de la resolución N.° 4576, de 25 de julio de 2014, emitida por
el Gobierno Autónomo Descentralizado de Cuenca, por medio de la cual se negó la
siguiente solicitud:
[..] se elimine del catastro municipal o de su base de datos del presente ejercicio fiscal a
la compañía HOLDING LAUHAT CIA. LTDA., catastro que contiene a los sujetos pasivos
tanto del Impuesto a la Patente como el del 1.5 de los Activos por no estar sujetos a la
obligación tributaria pertinente.
2. El 5 de enero de 2016, dentro de la causa N.° 01501-2014-0084, el Tribunal Distrital de
lo Contencioso Tributario con sede en la ciudad de Cuenca rechazó la demanda y declaró
la validez de la resolución impugnada.
3. La compañía accionante interpuso un recurso de casación (cuyos cargos fueron
admitidos solo de forma parcial, ver párr. 20 infra), sede en la que el proceso se
identificó con el N.° 17751-2016-0127. El 25 de mayo de 2015, la Sala Especializada
de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia resolvió no casar el fallo
recurrido.
Tema: La Corte desestima que una sentencia de casación haya vulnerado el derecho
al debido proceso en la garantía de la motivación de la compañía accionante. Para tal
efecto, se verifica que la sentencia impugnada esgrimió razones para fundamentar sus
conclusiones, que no fue contradictoria y que, si bien esta contenía algunas razones
inatinentes, incluía otras que, de forma independiente, permiten entender
suficientemente por qué se adoptó la decisión impugnada.
Sentencia No. 1211-16-EP /22
Juez ponente: Alí Lozada P rado
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec G uayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 13 de abril de 2022.
CASO No. 1211-16-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 1211-16-EP/22
I. Antecedentes
A. Actuaciones procesales
1. El 22 de agosto de 2014, la compañía HOLDING LAUHAT S.A. presentó una demanda
de impugnación en contra de la resolución N.° 4576, de 25 de julio de 2014, emitida por
el Gobierno Autónomo Descentralizado de Cuenca, por medio de la cual se negó la
siguiente solicitud:
[..] se elimine del catastro municipal o de su base de datos del presente ejercicio fiscal a
la compañía HOLDING LAUHAT CIA. LTDA., catastro que contiene a los sujetos pasivos
tanto del Impuesto a la Patente como el del 1.5 de los Activos por no estar sujetos a la
obligación tributaria pertinente.
2. El 5 de enero de 2016, dentro de la causa N.° 01501-2014-0084, el Tribunal Distrital de
lo Contencioso Tributario con sede en la ciudad de Cuenca rechazó la demanda y declaró
la validez de la resolución impugnada.
3. La compañía accionante interpuso un recurso de casación (cuyos cargos fueron
admitidos solo de forma parcial, ver párr. 20 infra), sede en la que el proceso se
identificó con el N.° 17751-2016-0127. El 25 de mayo de 2015, la Sala Especializada
de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia resolvió no casar el fallo
recurrido.

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