Decretos. 1241 Créase el Comité de Transición de Gobierno, que tendrá como objeto brindar al nuevo gobierno a posesionarse en mayo del 2021, información integral y oportuna para conocer el estado de la administración pública durante el actual periodo de gestión presidencial (2017-2021)

Número de Boletín395
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República

LENIN MORENO GARCÉS

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 141 de la Constitución de la República determina: "La Presidenta o Presidente de la República ejerce la Función Ejecutiva, es el Jefe del Estado y de Gobierno y responsable de la administración pública;

La Función Ejecutiva está integrada por la Presidencia y Vicepresidencia de la República, los Ministerios de Estado y los demás organismos e instituciones necesarios para cumplir, en el ámbito de su competencia, las atribuciones de rectoría, planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales y planes que se creen para ejecutarlas";

Que, el artículo 144 de la Constitución de la República dispone: "(...) La Presidenta o Presidente de la República permanecerá cuatro años en sus funciones y podrá ser reelecto por una sola vez";

Que, el número 5 del artículo 147 de la Constitución de la República establece que es atribución y deber de la Presidenta o Presidente de la República, dirigir la administración pública en forma desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control;

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República determina: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las-personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución

Que, el artículo 45 del Código Orgánico Administrativo establece la facultad del Presidente de la República para: "crear, reformar o suprimir los órganos o entidades de la administración pública central, cualquiera sea su origen, mediante decreto ejecutivo en el que se...

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