Sentencias. 1278-17-EP/22 En el Caso No. 1278-17-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección No. 1278-17-EP

Número de Boletín113
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Martes 1° de noviembre de 2022Edición Constitucional Nº 113 - Registro Ocial
9
Sentencia No. 1278-17-EP/22
Jueza ponente: Daniela Salazar Marín
1
Tel
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo Gara. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 31 de agosto de 2022
CASO No. 1278-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIB UCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 1278-17-EP/22
Tema: La Corte Constitucional analiza si el auto de 17 de mayo de 2017, emitido por el conjuez
de la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, vulneró el
derecho al debido proceso en la garantía de ser juzgado por una autoridad competente y con
observancia del trámite propio de cada proceso. La Corte desestima la acción al no encontrar
vulneración al derecho mencionado.
1. Antecedentes y procedimiento
1.1. Antecedentes procesales
1. El 11 de agosto de 2016, Ángel Germán Cabrera Vásconez presentó una acción de
impugnación en contra de la liquidación de pago por diferencias en su declaración No.
19201606500412885 del impuesto al valor agregado de enero de 2014, emitida el 18 de mayo
de 2016 por la directora provincial de Zamora Chinchipe del Servicio de Rentas Internas (SRI).
2. Mediante sentencia de 18 de abril de 2017, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y
Tributario con sede en el cantón Loja, provincia de Loja
1
aceptó la demanda por considerar
que el acto administrativo impugnado carecía de motivación, por lo que lo declaró nulo.
Respecto de esta decisión, Patricio Riascos Chamba, procurador designado por la directora
provincial de Zamora Chinchipe del SRI, interpuso recurso de casación.
3. En auto de 17 de mayo de 2017, el conjuez de la Sala Especializada de lo Contencioso
Tributario de la Corte Nacional de Justicia inadmitió el recurso de casación.
4. El 30 de mayo de 2017, Brigite Patino Román, directora provincial de Zamora Chinchipe del
SRI (en adelante, “la entidad accionante”) presentó una acción extraordinaria de protección en
contra del auto de 17 de mayo de 2017.
1 El proceso fue signado con el número 11804-2016-00186.
Sentencia No. 1278-17-EP/22
Jueza ponente: Daniela Salazar Marín
1
Tel
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo Gara. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 31 de agosto de 2022
CASO No. 1278-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIB UCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 1278-17-EP/22
Tema: La Corte Constitucional analiza si el auto de 17 de mayo de 2017, emitido por el conjuez
de la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, vulneró el
derecho al debido proceso en la garantía de ser juzgado por una autoridad competente y con
observancia del tmite propio de cada proceso. La Corte desestima la acción al no encontrar
vulneración al derecho mencionado.
1. Antecedentes y procedimiento
1.1. Antecedentes procesales
1. El 11 de agosto de 2016, Ángel Germán Cabrera Vásconez presentó una acción de
impugnación en contra de la liquidación de pago por diferencias en su declaración No.
19201606500412885 del impuesto al valor agregado de enero de 2014, emitida el 18 de mayo
de 2016 por la directora provincial de Zamora Chinchipe del Servicio de Rentas Internas (SRI).
2. Mediante sentencia de 18 de abril de 2017, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y
Tributario con sede en el cantón Loja, provincia de Loja
1
aceptó la demanda por considerar
que el acto administrativo impugnado carecía de motivación, por lo que lo declanulo.
Respecto de esta decisión, Patricio Riascos Chamba, procurador designado por la directora
provincial de Zamora Chinchipe del SRI, interpuso recurso de casación.
3. En auto de 17 de mayo de 2017, el conjuez de la Sala Especializada de lo Contencioso
Tributario de la Corte Nacional de Justicia inadmitió el recurso de casación.
4. El 30 de mayo de 2017, Brigite Patino Román, directora provincial de Zamora Chinchipe del
SRI (en adelante, “la entidad accionante”) presentó una acción extraordinaria de protección en
contra del auto de 17 de mayo de 2017.
1
El proceso fue signado con el número 11804-2016-00186.

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