Acuerdos. 130 Deléguense funciones a las o los titulares de las Direcciones Distritales

Número de Boletín92
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
2 – Lunes 2 de diciembre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 92
Págs.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA:
AGENCIA DE ASEGURAMIENTO DE
LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE
SALUD Y MEDICINA PREPAGADA -
ACESS:
ACESS-2019-0018 Nómbrese a la señora Jimena
de las Mercedes Chaglla Criollo, como
Delegada Provincial de la ACESS en la
provincia de Tungurahua .......................... 26
ACESS-2019-0019 Nómbrese al señor Salinas
Villon Julio Cesar, como Delegado
Provincial de la ACESS en la provincia
del Guayas.................................................. 28
ACESS-2019-0020 Deléguense atribuciones y
responsabilidades a la o el Coordinador
General Técnico ........................................ 30
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS:
SUBSECRETARÍA ZONAL 7:
099-2019 Concédese personería jurídica a
la Asociación de Conservación Vial
“Las Moracas”, domiciliada en el
cantón Palanda, provincia de Zamora
Chinchipe ................................................... 38
FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA
Y CONTROL SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS:
Califíquense como peritos valuadores a
las siguientes personas:
SB-DTL-2019-1130 Ingeniero civil José Fernando
Zurita Caicedo ........................................... 40
SB-DTL-2019-1137 Arquitecta María José Brito
González ..................................................... 41
SB-DTL-2019-1157 Arquitecto Raúl Vinicio
Obaco Guaycha .......................................... 41
SB-DTL-2019-1165 Tecnóloga en electrónica y
telecomunicaciones Nancy Guadalupe
Casa Rojas .................................................. 42
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA:
SEPS-IGT-IGJ-IFMR-2018-0289 Apruébese la
fusión por absorción por parte de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza
Minas Ltda., a la Cooperativa de Ahorro
y Crédito de los Trabajadores Hoteleros
Cristóbal Colón Ltda. ................................ 43
Págs.
SEPS-IGT-IGJ-IFMR-2018-0290 Apruébese la
fusión por absorción por parte de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito Jardín
Azuayo Ltda., a la Cooperativa de
Ahorro y Crédito Urdaneta Ltda. ........... 46
No. 130
EL MINISTRO DE AGRICULTURA
Y GANADERÍA
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, determina: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
del Ecuador, establece: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y al Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Ecuador, señala: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento No. 31 de
07 de julio de 2017, y que entró en vigencia el 07 de julio
de 2018, contempla: “Principio de desconcentración. La
función Administrativa se desarrolla bajo el criterio de
distribución objetiva de funciones, privilegia la delegación
de la repartición de funciones entre órganos de una misma
administración pública, para descongestionar y acercarse
las administraciones a las personas”;
prescribe: “Delegación de competencias. Los órganos
administrativos pueden delegar el ejercicio de sus
competencias, incluida la gestión, en: 1. Otros órganos
o entidades de la misma administración pública.
Jerárquicamente dependientes”;
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