Resoluciones. 132-2021 Créase la Unidad Judicial Especializada de Tránsito con sede en el cantón Cuenca, provincia de Azuay y refórmese la Resolución 176-2014, de 11 de septiembre de 2014

Número de Boletín532
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Martes 7 de septiembre de 2021 Segundo Suplemento Nº 532 - Registro Ocial
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132-2021
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RESOLUCIÓN 132-2021
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Judicial, disponen que el Consejo de la Judicatura es el órgano de
gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial;
dispone: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las
que determine la ley: 1. Definir y ejecutar las políticas para el
mejoramiento y modernización del sistema judicial. (…)”;
“Competencia es la medida dentro de la cual la potestad jurisdiccional
está distribuida entre las diversas cortes, tribunales y juzgados, en razón
de las personas, del territorio, de la materia, y de los grados.”; y el artículo
157 ibídem, determina: “(...) La competencia en razón de la materia, del
grado y de las personas está determinada en la ley. / Excepcionalmente,
y previo estudio técnico que justifique tal necesidad, el Consejo de la
Judicatura podrá modificarla, únicamente en los casos de creación,
traslado, fusión o supresión de salas de cortes, tribunales y juzgados.”;
Que el artículo 264 numeral 8 literales a) y b) del Código Orgánico de la
Función Judicial, determinan que de acuerdo a las necesidades del
servicio de justicia, al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde:
“a) Crear, modificar o suprimir salas de las cortes provinciales, tribunales
penales, juzgados de primer nivel y juzgados de paz; así como también
establecer el número de jueces necesarios previo el informe técnico
correspondiente. b) Establecer o modificar la sede, modelo de gestión y
precisar la competencia en que actuarán las salas de las cortes
provinciales, tribunales penales, tribunales de lo contencioso
administrativo y tributarios juezas y jueces de primer nivel (…)”. Así
también, el numeral 10 ibídem., establece como atribución del Pleno: “10.
Expedir, modificar, derogar (…) resoluciones de régimen interno, con
sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento,
responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para
velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura (periodo 2013-2018), mediante
Resolución 176-2014, de 11 de septiembre de 2014, publicada en el
Suplemento del Registro Oficial No. 353, de 14 de octubre de 2014,
resolvió: “CREAR LA UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN EL
CANTÓN CUENCA, PROVINCIA DE AZUAY”, reformada por la

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