Acuerdos. 136 Deléguense Atribuciones Al Señor Mayor. Diego José Sánchez Altamirano, Ofi Cial Del Gabinete Ministerial

Número de Boletín7
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría Nacional de la Administración Pública
12 – Lunes 5 de junio de 2017 Registro Of‌i cial Nº 7
Hijos e hijas de personal militar que han fallecido en
actos de servicio, según informe of‌i cial emitido por el
Ministerio de Defensa Nacional.
• Dichos benef‌i ciarios aun así, deberán cumplir con los
procedimientos de inscripción y matriculación, así
como las condiciones para mantener los benef‌i cios.
Octava.- Cada unidad educativa deberá mantener los
correspondientes expedientes de cada estudiante, por
benef‌i cio y por año lectivo.
Disposición Derogatoria.- Se deroga expresamente el
Acuerdo Ministerial No. 241, de de 24 de agosto de 2016,
publicada en la Orden General Ministerial No. 128.
Disposición Final.- El presente Acuerdo Ministerial,
entrará en vigencia para a partir de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial y en la
Orden General Ministerial; y de su ejecución encárguese a
los rectores de las unidades educativas militares.
Publíquese y Comuníquese.
Dado en el Ministerio de Defensa Nacional, Quito D.M., a
12 de abril de 2017.
f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Defensa Nacional.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CERTIFICO.- Que el documento que en 11 (once) fojas
antecede, es f‌i el copia del ACUERDO MINISTERIAL
No. 128, de fecha 12 de abril de 2017, que reposa en el
Archivo de la Dirección de Secretaría General, de esta
Cartera de Estado.
Quito, D. M., 02 de mayo de 2017.
f.) Mgs. Ana Toapanta Molina, Directora de Secretaría
General.
No. 136
Ricardo Patiño Aroca
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
Considerando:
Ecuador dispone que las ministras y ministros de Estado,
además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde:
“(…) 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del
área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión”;
Que, las letras b) y m) del artículo 10, prevén como
atribuciones y obligaciones del Ministro de Defensa
Nacional.
“b) Ejercer la representación legal del Ministerio
de Defensa Nacional y de las Ramas de las Fuerzas
Armadas;”;
“(…) m) Delegar su representación legal al
Subsecretario General, al Jefe del Comando Conjunto,
Comandantes de Fuerza, subsecretarios y otras
autoridades, de conformidad con el Estatuto Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, para f‌i rmar
convenios, contratos y desarrollar actos administrativos
(…).”;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, señala que los
Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia,
podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario
inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios mediante
acuerdo ministerial, debiendo poner en conocimiento
del Secretario General de la Administración Pública y
publicarlo en el Registro Of‌i cial;
Que, el artículo 55 del citado Estatuto, establece que las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley
o Decreto y que la delegación será publicada en el Registro
Of‌i cial;
Que, mediante Decreto Ejecutivo 1406, de 11 de enero
de 2013, publicado en el Registro Of‌i cial No. 877 de
23 de enero de 2013, se designó al Consejo Sectorial
de Seguridad como autoridad nacional y organismo de
la Función Ejecutiva, responsable de la coordinación,
seguimiento, evaluación de las políticas, planes, programas
y acciones, vinculadas al cumplimiento de la Convención
sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el
almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su
destrucción; así como de la Convención sobre la prohibición
del desarrollo, la producción y el almacenamiento de
armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su
destrucción; y en el artículo 2 del Decreto antes referido,
dispone que con el f‌i n de cumplir las funciones antes
expuestas, el C onsejo de Seguridad Sectorial contará con
un Equipo Técnico encargado de Armas Químicas y Armas
Biológicas, instancia que será presidida por el Ministerio de
Defensa Nacional; y,
Que, mediante Memorando No. MDN-GAB-2017-0194-
ME, de 24 de abril de 2017, la señora Subsecretaria del
Gabinete Ministerial solicita se delegue al señor MAYO.
DIEGO JOSÉ SÁNCHEZ ALTAMIRANO, Of‌i cial del
Gabinete Ministerial, para que presida el Equipo Técnico
de Armas Químicas y Armas Biológicas (ETAQ-B).
En ejercicio de la atribución conferida a los Ministros de
la República; y artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
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