Resolución 153-2022 Apruébese la proforma presupuestaria de gasto no permanente, Plan Anual de Inversión 2023
Fecha de publicación | 15 Julio 2022 |
Número de Gaceta | 106 |
Suplemento Nº 106 - Registro Ocial
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RESOLUCIÓN 153-2022
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 178 inciso segundo de la Constitución de la República del Ecuador y
el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial, disponen que el
Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial;
Que los artículos 181 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y 3
del Código Orgánico de la Función Judicial, determinan que el Consejo de la
Judicatura debe definir, formular y ejecutar políticas públicas administrativas
para el mejoramiento, modernización y transformación de la Función Judicial,
para brindar un servicio de calidad de acuerdo a las necesidades de las usuarias
y usuarios;
Que el artículo 264 numerales 6 y 10 del Código Orgánico de la Función Judicial,
establece que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “(...) 6.
Elaborar la proforma presupuestaria de la Función Judicial que será enviada para
su aprobación según la Constitución. En el caso de los órganos autónomos,
deberán presentar al Pleno del Consejo de la Judicatura su propuesta
presupuestaria para su incorporación al presupuesto general de la Función
Judicial; (...) 10. Expedir, modificar, derogar (…) los reglamentos, manuales,
instructivos o resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y
la ley, para la organización, funcionamiento, responsabilidades, control y
régimen disciplinario; particularmente para velar por la transparencia y eficiencia
de la Función Judicial (...)”;
establece entre los principios a ser aplicados: “1. Sujeción a la planificación. - La
programación, formulación, aprobación, asignación, ejecución, seguimiento y
evaluación del presupuesto general del Estado, los demás presupuestos de las
entidades públicas y todos los recursos públicos, se sujetarán a los lineamientos
de la planificación del Desarrollo de todos los niveles de gobierno. (…)”;
Que las Normas de Control Interno de la Contraloría General del Estado 200-02
Administración Estratégica, prescriben: “Las entidades del sector público y las
personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos,
implantarán, pondrán en funcionamiento y actualizarán el sistema de
planificación, así como el establecimiento de indicadores de gestión que
permitan evaluar el cumplimiento de los fines, objetivos y la eficiencia de la
gestión institucional. / Las entidades del sector público y las personas jurídicas
de derecho privado que dispongan de recursos públicos requieren para su
gestión, la implantación de un sistema de planificación que incluya la
formulación, ejecución, control, seguimiento y evaluación de un plan plurianual
institucional y planes operativos anuales, que considerarán como base la
función, misión y visión institucionales y que tendrán consistencia con los planes
de gobierno y los lineamientos del organismo técnico de planificación (…)”;
Que mediante Circular Nro. MEF-MINFIN-2022-0003-C, de 31 de mayo de 2022, el
Ministerio de Economía y Finanzas emitió las directrices para la elaboración de
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la Proforma del Presupuesto General del Estado para el año 2023 y la
Programación Presupuestaria Cuatrienal para el periodo 2023 - 2026, las
mismas que son aplicables para todas las instituciones del sector público no
financiero que ejecutan presupuestos de gasto permanente y no permanente o
inversión;
Que en la elaboración del informe: “Proforma Presupuestaria de Gasto No
Permanente, Plan Anual de Inversión 2023 del Consejo de la Judicatura”; se han
considerado las directrices señaladas mediante Oficio Circular Nro. SNP-SNP-
2022-0003-C, de 10 de junio de 2022, por el Secretario Nacional de Planificación,
que pone en conocimiento de las entidades que participan del Presupuesto
General del Estado, las “Directrices de Planificación Institucional y elaboración
del Plan Anual de Inversiones para la Proforma 2023”, y los valores remitidos por
las unidades ejecutoras de gasto no permanente del Consejo de la Judicatura;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 140 - 2022, de 16 de
junio de 2022, publicada en el Registro Oficial No. 90, de 23 de junio de 2022,
resolvió aprobar la actualización del Plan Estratégico de la Función Judicial 2019-
2025;
Que la Dirección Nacional de Planificación, mediante Memorando CJ-DNP-2022-
1914-M, de 24 de junio de 2022, remitió a la Dirección Nacional de Asesoría
Jurídica el informe: “PROFORMA PRESUPUESTARIA DE GASTO NO
PERMANENTE, PLAN ANUAL DE INVERSIÓN 2023 DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el Memorando CJ-DG-2022-4311-
M, de 28 de junio de 2022, suscrito por el Director General, quien remitió el
Memorando CJ-DNP-2022-1914-M, de 24 de junio de 2022 de la Dirección
Nacional de Planificación; así como también el Memorando CJ-DNJ-2022-0815-
M, de 27 de junio de 2022, suscrito por la Dirección Nacional de Asesoría
Jurídica, que contiene el informe jurídico y proyecto de resolución respectivo;
recomendando su aprobación y,
En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales establecidas en el artículo 181
de la Constitución de la República delEcuador y el artículo 264 numerales 6 y 10 del
RESUELVE:
APROBAR LA PROFORMA PRESUPUESTARIA DE GASTO NO PERMANENTE,
PLAN ANUAL DE INVERSIÓN 2023 DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
Artículo Único.- Aprobar la “PROFORMA PRESUPUESTARIA DE GASTO NO
PERMANENTE, PLAN ANUAL DE INVERSIÓN 2023 DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA”,contenido en el informe remitido por la Dirección Nacional de
Planificación mediante Memorando CJ-DNP-2022-1914-M de 24 de junio de 2022, en los
montos establecidos en el anexo único que forma parte integrante de esta Resolución.
DISPOSICIONES FINALES
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PRIMERA.-La ejecución de esta Resolución estará a cargo, en el ámbito de sus
competencias, de la Dirección General, de las Direcciones Nacionales de Planificación,
Financiera y de las Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura.
SEGUNDA. - La ejecución de la “PROFORMA PRESUPUESTARIA DE GASTO NO
PERMANENTE, PLAN ANUAL DE INVERSIÓN 2023 DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA”, se articulará a los planes, programas y proyectos aprobados por la
Dirección General y los Directores Provinciales, conforme a las atribuciones y
responsabilidades de las direcciones y coordinaciones establecidas en el “Estatuto
Integral de Gestión Organizacional por Procesos del Consejo de la Judicatura a Nivel
Central y Desconcentrado”.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en el Distrito Metropolitano de Quito, a treinta de junio de dos mil veintidós.
Dr. Fausto Roberto Murillo Fierro
Presidente del Consejo de la Judicatura
Mgs. Xavier Alberto Muñoz Intriago Dr. Juan José Morillo Velasco
Vocal del Consejo de la Judicatura Vocal del Consejo de la Judicatura
Dra. Ruth Maribel Barreno Velin
Vocal del Consejo de la Judicatura
CERTIFICO:que el Pleno del Consejo de la Judicatura, aprobó esta resolución por
unanimidad de los presentes, el treinta de junio de dos mil veintidós.
Abg. Andrea Natalia Bravo Granda
Secretaria General (E)
PROCESADO POR:
FC
FAUSTO ROBERTO
MURILLO FIERRO
Firmado digitalmente
por FAUSTO ROBERTO
MURILLO FIERRO
RUTH MARIBEL
BARRENO VELIN
Firmado
digitalmente por
RUTH MARIBEL
BARRENO VELIN
ANDREA
NATALIA BRAVO
GRANDA
Firmado
digitalmente por
ANDREA NATALIA
BRAVO GRANDA
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