Ordenanzas Municipales. 18-2017 Cantón Pedro Vicente Maldonado: Que Reforma A La Ordenanza Sustitutiva Que Regula La Gestión De Los Residuos Sólidos, Así Como La Aplicación De La Tasa Retributiva Por Este Servicio
Número de Boletín | 89 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
20 – Jueves 21 de septiembre de 2017 Edición Especial Nº 89 – Registro Ofi cial
Baquerizo Moreno (Jujan) para el bienio 2017 -2018,”
en las fechas antes señaladas.
f.) Ab. Karen García Zambrano, Secretaria del Concejo
Municipal.
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón
Alfredo Baquerizo Moreno (Jujan).- Secretaría General.-
Certifi co que es fi el copia de su original.- f.) Ab. Karen
García Zambrano, Secretaria.
Nro. 18-2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDRO
VICENTE MALDONADO
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en
su artículo 10 reconoce a la naturaleza como sujeto de
derechos;
Que, el artículo 14 de la Constitución de la República
reconoce a la población el derecho a vivir en un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la
sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay; y, declara
de interés público la preservación del ambiente, la
conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la
integridad del patrimonio genético del país, la prevención
del daño ambiental y la recuperación de los espacios
naturales degradados;
Que, el artículo 66, numeral 27 de la Constitución de la
República garantiza a las personas el derecho a vivir en
un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de
contaminación y en armonía con la naturaleza;
Que, el artículo 240 de la Constitución de la República
determina que los gobiernos autónomos descentralizados
tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones territoriales;
Que, el Art 264 numeral cuarto de la Constitución de la
República manifi esta los gobiernos municipales tienen,
entre otras competencias exclusivas, el prestar el servicio
público de manejo de desechos y actividades de saneamiento
ambiental;
Que, el artículo 415 de la Constitución de la República
establece que los gobiernos autónomos descentralizados
desarrollarán programas de reducción, reciclaje y
tratamiento adecuado de desechos sólidos y líquidos;
Autonomía y Descentralización COOTAD dispone en su
Art. 54 literal a) que es función del Gobierno Municipal
el desarrollo sustentable de la circunscripción territorial
cantonal, para garantizar la realización del buen vivir
a través de la implementación de políticas públicas
cantonales.
literal d) manifi esta los gobiernos municipales tienen, entre
otras competencias exclusivas, el prestar el servicio público
de manejo de desechos y actividades de saneamiento
ambiental;
literal d) que la prestación del servicio de recolección de
basura y aseo público será regulada mediante ordenanza,
cuya iniciativa es privativa del Alcalde tramitada y aprobada
por el Concejo Municipal;
Que, el Concejo Municipal de Pedro Vicente Maldonado
aprobó la Ordenanza Sustitutiva que Regula la Gestión de
los Residuos Sólidos del Cantón Pedro Vicente Maldonado,
así como la Aplicación de la Tasa Retributiva por este
servicio, publicada en el Registro Ofi cial Nro. 810, Primer
Suplemento, de 16 de octubre de 2012;
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo
264 numeral 5 de la Constitución de la República del
Ecuador en concordancia con el artículo 57 literal c) del
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización,
Expide:
REFORMA A LA ORDENANZA SUSTITUTIVA
QUE REGULA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS
SÓLIDOS DEL CANTÓN PEDRO VICENTE
MALDONADO, ASI COMO LA APLICACIÓN DE LA
TASA RETRIBUTIVA POR ESTE SERVICIO.
Art. 1.- Sustitúyase el Art. 29 de la ordenanza por el
siguiente:
“Tasa retributiva por los servicios de gestión de desechos
sólidos.- Para la determinación de la tasa por los servicios
de barrido, limpieza de calles, parques y plazas, recolección
de residuos domésticos, tratamiento y/o disposición fi nal de
los mismos que se generen en el cantón de Pedro Vicente
Maldonado, se aplicará la siguiente formula:
TRB= (MTE*A) + B + (SBU*C)
Donde:
TRB= Tasa de Recolección de Basura
MTE= Monto Total en dólares de rubros de energía,
comercialización, demanda, pérdidas de
transformación, y bajo factor de potencia.
A= Porcentaje a aplicar sobre el MTE (15%)
B= Valor Fijo en Dólares ($ 0.70 USD)
C= Porcentaje a aplicar sobre el SBU (0.0001%)
SBU= Monto del Salario Básico Unifi cado, vigente a
la fecha de realización del cálculo.
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