Ordenanzas Municipales. 18-2017 Cantón Pedro Vicente Maldonado: Que Reforma A La Ordenanza Sustitutiva Que Regula La Gestión De Los Residuos Sólidos, Así Como La Aplicación De La Tasa Retributiva Por Este Servicio

Número de Boletín89
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
20 – Jueves 21 de septiembre de 2017 Edición Especial Nº 89 – Registro Of‌i cial
Baquerizo Moreno (Jujan) para el bienio 2017 -2018,”
en las fechas antes señaladas.
f.) Ab. Karen García Zambrano, Secretaria del Concejo
Municipal.
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón
Alfredo Baquerizo Moreno (Jujan).- Secretaría General.-
Certif‌i co que es f‌i el copia de su original.- f.) Ab. Karen
García Zambrano, Secretaria.
Nro. 18-2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDRO
VICENTE MALDONADO
Considerando:
su artículo 10 reconoce a la naturaleza como sujeto de
derechos;
reconoce a la población el derecho a vivir en un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la
sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay; y, declara
de interés público la preservación del ambiente, la
conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la
integridad del patrimonio genético del país, la prevención
del daño ambiental y la recuperación de los espacios
naturales degradados;
República garantiza a las personas el derecho a vivir en
un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de
contaminación y en armonía con la naturaleza;
determina que los gobiernos autónomos descentralizados
tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones territoriales;
República manif‌i esta los gobiernos municipales tienen,
entre otras competencias exclusivas, el prestar el servicio
público de manejo de desechos y actividades de saneamiento
ambiental;
establece que los gobiernos autónomos descentralizados
desarrollarán programas de reducción, reciclaje y
tratamiento adecuado de desechos sólidos y líquidos;
Autonomía y Descentralización COOTAD dispone en su
Art. 54 literal a) que es función del Gobierno Municipal
el desarrollo sustentable de la circunscripción territorial
cantonal, para garantizar la realización del buen vivir
a través de la implementación de políticas públicas
cantonales.
Autonomía y Descentralización COOTAD en su Art. 55
literal d) manif‌i esta los gobiernos municipales tienen, entre
otras competencias exclusivas, el prestar el servicio público
de manejo de desechos y actividades de saneamiento
ambiental;
Autonomía y Descentralización, COOTAD en su Art. 568
literal d) que la prestación del servicio de recolección de
basura y aseo público será regulada mediante ordenanza,
cuya iniciativa es privativa del Alcalde tramitada y aprobada
por el Concejo Municipal;
Que, el Concejo Municipal de Pedro Vicente Maldonado
aprobó la Ordenanza Sustitutiva que Regula la Gestión de
los Residuos Sólidos del Cantón Pedro Vicente Maldonado,
así como la Aplicación de la Tasa Retributiva por este
servicio, publicada en el Registro Of‌i cial Nro. 810, Primer
Suplemento, de 16 de octubre de 2012;
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo
Ecuador en concordancia con el artículo 57 literal c) del
Descentralización,
Expide:
REFORMA A LA ORDENANZA SUSTITUTIVA
QUE REGULA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS
SÓLIDOS DEL CANTÓN PEDRO VICENTE
MALDONADO, ASI COMO LA APLICACIÓN DE LA
TASA RETRIBUTIVA POR ESTE SERVICIO.
Art. 1.- Sustitúyase el Art. 29 de la ordenanza por el
siguiente:
“Tasa retributiva por los servicios de gestión de desechos
sólidos.- Para la determinación de la tasa por los servicios
de barrido, limpieza de calles, parques y plazas, recolección
de residuos domésticos, tratamiento y/o disposición f‌i nal de
los mismos que se generen en el cantón de Pedro Vicente
Maldonado, se aplicará la siguiente formula:
TRB= (MTE*A) + B + (SBU*C)
Donde:
TRB= Tasa de Recolección de Basura
MTE= Monto Total en dólares de rubros de energía,
comercialización, demanda, pérdidas de
transformación, y bajo factor de potencia.
A= Porcentaje a aplicar sobre el MTE (15%)
B= Valor Fijo en Dólares ($ 0.70 USD)
C= Porcentaje a aplicar sobre el SBU (0.0001%)
SBU= Monto del Salario Básico Unif‌i cado, vigente a
la fecha de realización del cálculo.
ada
artículo
garant
e sano,
n y en armo
40 de la Con
gobiernos autó
egislativ
istema
nio genético
al y la recupera
dos;
66, numeral 27 d
tiza a las personas el derec
, ecológicamente equi
í
n ar
la Constitución de la Repúb
ónomos descentra
7 de la Cons
a a las personas el dere
ecológicamente e
,
preserv
ecosist
monio
ntal
ado
o
ntiza a las personas el derecho
no, ecológicamente equilibrado,
armonía con la naturaleza;
pr
los
venció
spacio
y la
ón
s
R
QU
ón de l
vivir e
la
MA
TA
SÓLI
MALD
E R
DO
ON
MA
REG
A A
LA
LA
Exp
Territ
5
de
ícul
tori
de
g
Art. 1
uient
RE
Su
DO
ETRIB
EL
, ASI
UT
A G E
CAN
CO
ORDE
ESTIÓ
Ó
ENAN
N

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR