Resoluciones. 18 319 Apruébese y ofi cialícese con el carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 10355 (Ciclomotores - Posición de los dispositivos de iluminación y señalización (ISO 10355:2004,IDT))

Número de Boletín367
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
Miércoles 14 de noviembre de 2018 – 39Registro Of‌i cial Nº 367
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y of‌i cializar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad propuestos por el INEN, en el ámbito de
su competencia, de conformidad con lo previsto en la Ley
general; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y of‌i cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN-ISO 8709 (Ciclomotores – Frenos y sistemas
de frenos – Métodos de ensayo y de medición (ISO
8709:2010, IDT)), que especif‌i ca las ensayos y los
métodos de medición para los sistemas de frenos de
servicio y, cuando corresponda, los sistemas de frenos
de estacionamiento asociados de los ciclomotores de dos
ruedas (3-1) y los ciclomotores de tres ruedas (3-2) que
están destinados para uso en vías públicas, con el f‌i n de
establecer procedimientos de ensayo uniformes en todo
el mundo para los sistemas de frenado.
ARTÍCULO 2.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN-ISO 8709, entrará en vigencia desde la fecha de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQU ESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 09 de octubre de
2018.
f.) Mgs. Armin Pazmiño Silva, Subsecretario del Sistema
de la Calidad.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Y PRODUCTIVIDAD
No. 18 319
SUBSECRETARÍA DEL SISTEMA
DE LA CALIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a
una información precisa y no engañosa sobre su contenido
y características”;
establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado
a: “i) Regular los principios, políticas y entidades
relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento
de los compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la
salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio
ambiente, la protección del consumidor contra prácticas
engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas;
y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad y
el mejoramiento de la competitividad en la sociedad
ecuatoriana”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publicado
en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 263 del 9 de
Junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las denominaciones
del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio
Ecuatoriano de Normalización. (…)”;
Que, de conformidad con el Artículo 3 del Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio de 2011, el
tratamiento para las normas y documentos que no son de
autoría del INEN están sujetos a un costo establecido por el
Organismo de Normalización Internacional;
Que, la Organización Internacional de Normalización–ISO,
en el año 2004, publicó la Norma Técnica Internacional
ISO 10355:2004 MOPEDS – POSITIONING OF
LIGHTING AND LIGHT-SIGNALLING DEVICES;
Que, el Servicio Ecuatoriano de Normalización–
INEN, entidad competente en materia de
Reglamentación, Normalización y Metrología, adoptó
la Norma Técnica Internacional ISO 10355:2004
como la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-
ISO 10355:2018 CICLOMOTORES – POSICIÓN
DE LOS DISPOSITIVOS DE ILUMINACIÓN Y
SEÑALIZACIÓN (ISO 10355:2004, IDT);
Que, su elaboración ha seguido el trámite regular de
conformidad al Instructivo Interno del INEN para la
elaboración y aprobación de documentos normativos del
INEN mediante el estudio y participación en Comités
Nacionales Espejo establecido en la Resolución No. 2017-
003 de fecha 25 de enero de 2017;
Que, mediante Informe Técnico realizado por la Dirección
de Servicios de la Calidad, de la Subsecretaría del Sistema
de la Calidad; contenido en la Matriz de Revisión No. VAC-
0059 de fecha 27 de septiembre de 2018, se procedió a la
aprobación y of‌i cialización de la Norma Técnica Ecuatoriana
NTE INEN-ISO 10355:2018 CICLOMOTORES
– POSICIÓN DE LOS DISPOSITIVOS DE
ILUMINACIÓN Y SEÑALIZACIÓN (ISO 10355:2004,
IDT);
Que, de conformidad con el último inciso del Artículo
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual
manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley
Ibídem en donde establece: “En relación con el INEN,
corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad;
aprobar las propuestas de normas o reglamentos técnicos
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