Resoluciones. 18 360 Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la tercera revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1544 (pinturas arquitectónicas. Pintura en emulsión base agua (Látex). Requisitos)

Número de Boletín389
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
22 – Lunes 17 de diciembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 389
la conformidad propuestos por el INEN, en el ámbito de
su competencia, de conformidad con lo previsto en la Ley
general; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y of‌i cializar con el carácter
de VOLUNTARIA la Norma Técnica Ecuatoriana
NTE INEN 3049-1 (Ladrillos cerámicos. Parte 1:
Términos y def‌i niciones, clasif‌i cación y requisitos
de las dimensiones modulares), que establece los
términos y def‌i niciones, clasif‌i cación y dimensiones
modulares para las unidades de ladrillos cerámicos
para mampostería, con base en los principios de
coordinación modular.
ARTÍCULO 2.- Disponer al Servicio Ecuatoriano
de Normalización, INEN, que de conformidad con el
Acuerdo Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011,
publicado en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio
de 2011, publique la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN 3049-1 LADRILLOS CERÁMICOS. PARTE 1:
TÉRMINOS Y DEFINICIONES, CLASIFICACIÓN
Y REQUISITOS DE LAS DIMENSIONES
MODULARES, en la página web de esa institución,
www.normalizacion.gob.ec.
ARTÍCULO 3.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN 3049-1, entrará en vigencia desde la fecha de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 16 de noviembre
de 2018.
f.) Mgs. Armin Pazmiño, Subsecretario del Sistema de la
Calidad.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Y PRODUCTIVIDAD
No. 18 360
SUBSECRETARÍA DEL SISTEMA
DE LA CALIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a
una información precisa y no engañosa sobre su contenido
y características”;
establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: “i)
Regular los principios, políticas y entidades relacionados
con las actividades vinculadas con la evaluación de
la conformidad, que facilite el cumplimiento de los
compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la
salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio
ambiente, la protección del consumidor contra prácticas
engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas;
y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad y
el mejoramiento de la competitividad en la sociedad
ecuatoriana”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publica-
do en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 263 del 9 de
Junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las denominaciones
del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio
Ecuatoriano de Normalización. (…)”;
Que, de conformidad con el Artículo 2 del Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio de 2011,
dispone que las normas técnicas ecuatorianas, códigos,
guías de práctica, manuales y otros documentos técnicos
de autoría del INEN deben estar al alcance de todos los
ciudadanos sin excepción, a f‌i n de que se divulgue su
contenido sin costo;
Que, mediante Resolución No. 15190 del 10 de junio de
2015, publicado en el Registro Of‌i cial No. 536 del 3 de
julio de 2015, se of‌i cializó con carácter de Voluntaria
la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1544
PINTURAS ARQUITECTÓNICAS. PINTURAS EN
EMULSIÓN BASE AGUA (LÁTEX). REQUISITOS
(Segunda revisión);
Que, la Tercera revisión de la indicada norma ha seguido
el trámite regular de conformidad al Instructivo Interno
del INEN para la elaboración y aprobación de documentos
normativos del INEN, mediante el estudio y participación
en Comités Nacionales Espejo establecido mediante
Resolución No. 2017-003 de fecha 25 de enero de 2017;
Que, mediante Informe Técnico realizado por la Dirección
de Servicios de la Calidad de la Subsecretaría del Sistema
de la Calidad contenido en la Matriz de Revisión No.
PEQ-0030 de fecha 05 de noviembre de 2018, se
procedió a la aprobación y of‌i cialización de la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1544 PINTURAS
ARQUITECTÓNICAS. PINTURA EN EMULSIÓN
BASE AGUA (LÁTEX). REQUISITOS (Tercera
revisión);
Que, de conformidad con el último inciso del Articulo
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual
manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley
Ibídem el cual establece: “En relación con el INEN,
corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad;
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