Caso. 2-22-OP Providencia. Avóquese conocimiento del Caso No. 2-22-OP

Número de Boletín34
SecciónCaso
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Viernes 6 de mayo de 2022Edición Constitucional Nº 34 - Registro Ocial
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Caso N.° 2-22-OP
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CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
Caso N.° 2-22-OP
Juez sustanciador, Alí Lozada Prado
Quito D.M., 4 de mayo de 2022
VISTOS. En virtud del sorteo de la causa realizado por el Pleno de la Corte
Constitucional el 22 de abril de 2022, le correspondió al juez constitucional
Alí Lozada Prado el conocimiento de la causa N.° 2-22-OP.
I. Antecedentes
1. La presente causa corresponde a una objeción total por
inconstitucionalidad al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de
Educación Intercultural, presentada por el Presidente de la República el 14
de abril de 2022. Dicha objeción fue remitida a este Organismo por el
procurador judicial de la presidenta de la Asamblea Nacional del Ecuador,
Esperanza Guadalupe Llori Abarca, el 22 de abril de 2022.
II. Consideraciones
2. El artículo 30 de la Codificación del Reglamento de Sustanciación de
Procesos de Competencia de la Corte Constitucional (en adelante,
“CRSPCCC”) dispone que el juez sustanciador avocará conocimiento,
notificará a las partes y terceros con interés y ordenará las diligencias que
creyera necesarias para resolver.
3. El artículo 2 de la resolución N.° 007-CCE-PLE-2020, emitida por el
Pleno de la Corte Constitucional el 11 de junio de 2020, estableció que las
notificaciones de las providencias emitidas por la Corte Constitucional se
realicen a través de medios electrónicos, de conformidad con el artículo 86.2.d
forma, se estableció que cuando no exista la posibilidad de realizar la
notificación por intermedio de una herramienta digital, se la efectuará
mediante otros mecanismos, entre ellos, los casilleros constitucionales y/o
judiciales.

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