Acuerdo 2017 015 Subsecretario De Mercados, Inversiones Y Relaciones Internacionales
Fecha de disposición | 29 Agosto 2017 |
Fecha de publicación | 29 Agosto 2017 |
Número de Gaceta | 67 |
10 – Martes 29 de agosto de 2017 Registro Ofi cial Nº 67
No. 2017 015
Dr. Enrique Ponce de León
MINISTRO DE TURISMO
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su
artículo 154, numeral 1, faculta a los señores Ministros de
Estado, expedir los acuerdos y resoluciones administrativas,
que requiera su gestión;
Que, el artículo 226 de la Carta Magna señala las
competencias y facultades atribuidas a las instituciones
del Estado, a sus servidores y a las personas que actuan en
virtud de una potestad estatal y su deber;
Que, el artículo 233 de la Norma Suprema de la República
señala el alcance de la responsabilidad de los servidores
públicos y de los delegados o representantes a los cuerpos
colegiados de las instituciones del Estado;
Que, de conformidad con el Artículo 17 del Estatuto
del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, los Ministros de Estado, dentro de la esfera de
su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes
al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos
Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al
exterior o cuando lo estimen conveniente;
Que, el artículo 55, de la norma ibídem establece lo
siguiente: “…Las atribuciones propias de las diversas
entidades y autoridades de la Administración Pública
Central e Institucional, serán delegables en las autoridades
u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se
encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La delegación
será publicada en el Registro Ofi cial. Los delegados
de las autoridades y funcionarios de la Administración
Pública Central e Institucional en los diferentes órganos y
dependencias administrativas, no requieren tener calidad
de funcionarios públicos…”;
Que, el artículo 57 del citado Estatuto, establece lo
siguiente: “...La delegación podrá ser revocada en
cualquier momento por el órgano que la haya conferido y
se extinguirá, en el caso de asuntos únicos, cuando se haya
cumplido el acto cuya expedición o ejecución se delegó...”;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 08 de 24 de mayo de 2017,
el señor Presidente Constitucional de la República nombró
como Ministro de Turismo, al doctor Enrique Ponce de
León, quien es la máxima autoridad de esta Cartera de
Estado;
Que, mediante Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos del Ministerio de Turismo, emitido a través
de Acuerdo Ministerial No. 2016045, se establece que el
Ministro de Turismo tiene la responsabilidad de expedir
conforme a la Ley, acuerdos relacionados con el ámbito de
su competencia en materia administrativa, así como delegar
las acciones administrativas;
Que, mediante Acta Constitutiva de 27 de abril de 1999,
suscrita por el Sr. Sebastián Cornejo Presidente Ad Hoc y
el Dr. Iván López Villalba Secretario Ad Hoc, se resuelve la
creación del Buró de Convenciones de Quito.
Que, los Estatutos del Buró de Convenciones de Quito
fueron aprobados mediante Acuerdo Ministerial No.
36 de 21 de marzo de 2000, suscrito por la Ministra de
Turismo y Ambiente de la época, cuya última modifi cación
fue aprobada mediante Acuerdo Ministerial No. MT-
CZ2-20150001 de 08 de octubre de 2015 suscrito por el
Coordinador Zonal 2 en funciones.
Que, en el Capítulo 8, “Estructura y Organización Internas”,
artículo 12 de la Reforma de los Estatutos determina que se
“La Asamblea General es el órgano de Gobierno máximo
del Buró, es depositaria de su soberanía y actúa a través de
sus administradores que son el Directorio (…)”.
Que, el artículo 18 literal f), del Estatuto del organismo
citado en párrafos anteriores, establece que el Directorio
se integra por nueve (9) vocales Principales y Suplentes
y además por un “Representante PERMANENTE del
Ministerio de Turismo” entre otros.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Constitución
de la República del Ecuador, el Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva; y, el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional de Procesos
del Ministerio de Turismo, la máxima autoridad;
Acuerda:
Artículo 1.- Designar al Subsecretario de Mercados,
Inversiones y Relaciones Internacionales, como
Representante Permanente del Ministerio de Turismo en el
Directorio del Buró de Convenciones e Incentivos de Quito.
Artículo 2.- La presente delegación le permitirá actuar
con voz, ejercer el derecho a voto, abstenerse de votar
de ser el caso, integrar comisiones o grupos de trabajo,
presentar informes; y, en general, las actividades inherentes
a sus participación dentro del Directorio del BURÓ DE
CONVENCIONES E INCENTIVOS DE QUITO, sean
estas ordinarias o extraordinarias, siguiendo siempre para
ello las instrucciones expresas del Ministerio de Turismo,
a través de su máxima autoridad con el objeto de alcanzar
en las instituciones que participe, las metas establecidas por
esta Cartera de Estado;
Artículo 3.- En cumplimiento de sus funciones, otorgadas
por el presente acuerdo, el delegado se obliga a presentar el
Acta de Reunión de cada sesión a la que hubiese asistido,
y un Informe trimestral sobre la gestión de la reuniones
del Directorio del BURÓ DE CONVENCIONES E
INCENTIVOS DE QUITO. Las Actas de Reunión así
como los Informes trimestrales, serán enumerados por cada
una de las sesiones en las que participó, se dejará constancia
de las decisiones adoptadas, los resultados de las mismas y
las recomendaciones sobre la gestión que corresponda.
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