Ordenanzas Municipales. 2020-010 Que expide la primera reforma a la Ordenanza de constitución, organización y funcionamiento de la Empresa Pública Municipal de Infraestructura, Desarrollo y Servicios del cantón

Número de Boletín1568
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO QUITO
Miércoles 21 de abril de 2021 Edición Especial Nº 1568 - Registro Ocial
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Gobierno Autónomo Descentrali zado Municipal del Cantón Puerto Quito
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ORDENANZA No. 2020-010
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO QUITO
CONSIDERANDO:
Que, el Concejo Municipal del Cantón Puerto Quito, con fecha 26 de febrero del
año 2010, aprobó en segundo debate LA ORDENANZA DE CONSTITUCION,
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL
DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO Y SERVICIOS DEL CANTON PUERTO
QUITO; cuerpo normativo sancionado por el ejecutivo cantonal el día 09 de marzo
del año 2010, rigiendo la vigencia desde la fecha de sanción.
Que, el señor gerente de la EPMIDES - EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE
INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO Y SERVICIOS DEL CANTÓN PUERTO
QUITO, al señor alcalde ha expuesto y motivado la necesidad de que la
ordenanza sea reformada para fortalecer el trabajo específico que la institución ha
venido desarrollando desde su constitución.
Que, revisada la ordenanza se verifica que su campo de acción es muy amplio, en
el artículo uno ibidem se define como objetivo de la empresa “la prestación de
servicios públicos de agua potable, alcantarillado, saneamiento ambiental, rastro,
bomberos, etc., sus servicios complementarios, conexos y afines (…)”
Que, desde su constitución, la EPMIDES ha venido administrando la competencia
municipal de rastro, todo en cuanto a faenamiento, desde la construcción del
Centro de Faenamiento Regional hasta la operación del mismo en la actualidad.
Que, es necesario realizar ajustes actuales al funcionamiento de la empresa
pública municipal para favorecer el cumplimiento de su misión institucional, así
como su especialización en uno de sus objetivos de creación.
Que, la Ley de Empresas Públicas regula la constitución, organización,
funcionamiento, fusión, escisión y liquidación de las empresas públicas que no
pertenezcan al sector financiero.
Que, el artículo 12 de la Ley Orgánica de Sanidad Agropecuaria prescribe lo
siguiente: "Créase la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, entidad
técnica de derecho público, con personería jurídica, autonomía administrativa y
financiera, desconcentrada, con sede en la ciudad de Quito y competencia
nacional, adscrita a la Autoridad Agraria Nacional. A esta Agencia le corresponde
la regulación y control de la sanidad y bienestar animal, sanidad vegetal y la
inocuidad de los alimentos en la producción primaria, con la finalidad de mantener
y mejorar el estatus fito y zoosanitario de la producción agropecuaria";

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