Resoluciones. 2021-002-ISSFA-DAJ Deléguense facultades a varios funcionarios

Número de Boletín437
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS - ISSFA
Jueves 22 de abril de 2021 Cuarto Suplemento Nº 437 - Registro Ocial
18
1
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL
DE FUERZAS ARMADAS
RESOLUCIÓN DELEGACIÓN
No. 2021-002-ISSFA-DAJ
HUGO RAMIRO ARMIJOS GALLEGOS
CPNV EMC
SUBDIRECTOR GENERAL
DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
CONSIDERANDO:
las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras y servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley;
QUE, el Art. 233 de la misma norma, determina que ninguna servidora o servidor
público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el
ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables
administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de
fondos, bienes o recursos públicos. Las servidoras o servidores públicos
y los delegados o representantes a los cuerpos colegiados, estarán
sujetos a las sanciones establecidas por delitos de peculado, cohecho,
concusión y enriquecimiento ilícito;
QUE, el Art. 370 de la norma señalada en el párrafo anterior, inciso segundo
establece que “las Fuerzas Armadas podrán contar con un régimen
especial de seguridad social, de acuerdo con la ley; sus entidades de
seguridad social formarán parte de la red pública integral de salud y del
sistema de seguridad social. El Estado garantiza el pago de las pensiones
de retiro de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.”;
QUE, el Art. 7 del Código Orgánico Administrativo, establece, el principio de
desconcentración, por el cual la función administrativa se desarrolla bajo
el criterio de distribución objetiva de funciones, privilegia la delegación de
la repartición de funciones entre los órganos de una misma administración
pública, para descongestionar y acercar las administraciones a las
personas;
QUE, el Art. 68 del Código Orgánico Administrativo regula la transferencia de la
competencia, y prescribe que la competencia es irrenunciable y se ejerce

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR