Resolución provincial. 2021-012-RC-GADPEO-CB Gobierno Provincial de El Oro: Que aprueba en primera instancia la actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDYOT) 2020 - 2030

Número de Boletín359
SecciónResolución provincial
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 19 de julio de 2022 Edición Especial Nº 359 - Registro Ocial
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RESOLUCIÓN DE CONSEJO No. 2021-012-RC-GADPEO-CB
EL PLENO DEL CONSEJO PROVINCIAL DELGOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE EL ORO.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 238,
establece: “Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de
autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los
principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la
autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.”;
Que, en el artículo 315 de la Constitución de la República del Ecuador,
dice: “El Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores
estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento
sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de
otras actividades económicas. Las empresas públicas estarán bajo la
regulación y el control específico de los organismos pertinentes, de acuerdo
con la ley; funcionarán como sociedades de derecho público, con
personalidad jurídica, autonomía financiera, económica, administrativa y
de gestión, con altos parámetros de calidad y criterios empresariales,
económicos, sociales y ambientales…”;
Que, en el artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, establece lo siguiente: “La autonomía
política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos
descentralizados y regímenes especiales prevista en la Constitución
comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno
para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en sus
respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin
intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes.
Esta autonomía se ejercerá de manera responsable y solidaria. En ningún
caso pondrá en riesgo el carácter unitario del Estado y no permitirá la
secesión del territorio nacional. La autonomía política es la capacidad de
cada gobierno autónomo descentralizado para impulsar procesos y formas
de desarrollo acordes a la historia, cultura y características propias de la
circunscripción territorial. Se expresa en el pleno ejercicio de las facultades
normativas y ejecutivas sobre las competencias de su responsabilidad; las
facultades que de manera concurrente se vayan asumiendo; la capacidad de
emitir políticas públicas territoriales; la elección directa que los ciudadanos

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