Ordenanzas Municipales. 2022-03 Cantón Colta: Primera reforma a la Ordenanza 2016-012 que regula el procedimiento para el otorgamiento de títulos habilitantes de transporte terrestre

Número de Boletín216
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 25 de mayo de 2022 Edición Especial Nº 216 - Registro Ocial
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ORDENANZA 2022-03
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN COLTA.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Colta según la ordenanza
2016 012, que corresponde a la ordenanza que regula el procedimiento para el
otorgamiento de títulos habilitantes de transporte terrestre en el cantón Colta,
misma que se ha visto de fundamental y trascendental realizar una reforma que se ajuste
a la normatividad y a la necesidad actual, para así dar cumplimiento al estudio de
necesidades de transporte del cantón Colta.
Según el reglamento a ley orgánica de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial
manifiesta que los otorgamientos de títulos habilitantes son proceso eminentemente
administrativo; y la ordenanza que se encuentra en vigencia contiene normativa
contradictoria a la legislación actual en materia de transporte.
CONSIDERANDO:
que, la constitución de la República del Ecuador en su art. 264 numeral 1, 2, 3 y 6)
respectivamente establece "planificar el desarrollo cantonal y formular los
correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la
planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la
ocupación del suelo urbano y rural", "ejercer el control el uso y ocupación del suelo en el
cantón"; "planificar, construir, mantener la vialidad urbana": "planificar, regular y
controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal";
que, el código orgánico de ordenamiento territorial, autonomía y descentralización
Cootad en su art. 55, literales b) y f) reconoce la competencia exclusiva de los municipios
para ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; así como planificar,
regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción
cantonal;
que, el art. 130 del código orgánico de ordenamiento territorial, autonomía y
descentralización Cootad señala que para el ejercicio de la competencia de tránsito y
transporte los gobiernos autónomos descentralizados municipales definirán en su cantón
el modelo de gestión de la competencia de tránsito y transporte público, de conformidad

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