Resoluciones. 206-2022 Suprímese la Unidad Judicial Norte 2 de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas; y, modifíquese la denominación de la Unidad Judicial Norte 1 de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

Número de Boletín150
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Suplemento Nº 150 - Registro Ocial
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Viernes 16 de septiembre de 2022
206-2022
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RESOLUCIÓN 206-2022
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 178 inciso segundo de la Constitución de la República del Ecuador, así
como el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial, disponen que el
Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 181 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura además de las que
determine la ley: 1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y
modernización del sistema judicial (…) 5. Velar por la transparencia y eficiencia de
la Función Judicial.”;
Que el artículo 156 del Código Orgánico de la Función Judicial, prescribe: “Competencia
es la medida dentro de la cual la potestad jurisdiccional está distribuida entre las
diversas cortes, tribunales y juzgados, en razón de las personas, del territorio, de la
materia, y de los grados.”; y, el artículo 157 ibídem, determina: “(…) La competencia
en razón de la materia, del grado y de las personas está determinada en la ley. /
Excepcionalmente, y previo estudio técnico que justifique tal necesidad, el Consejo
de la Judicatura podrá modificarla, únicamente en los casos de creación, traslado,
fusión o supresión de salas de cortes, tribunales y juzgados.”;
Que el artículo 264 numerales 8 literales a) y b) y 10 del Código Orgánico de la Función
Judicial, prescribe que de acuerdo a las necesidades del servicio de justicia, al
Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “a) Crear, modificar o suprimir
salas de las cortes provinciales, tribunales penales, juzgados de primer nivel y
juzgados de paz; así como también establecer el número de jueces necesarios
previo el informe técnico correspondiente. b) Establecer o modificar la sede, modelo
de gestión y precisar la competencia en que actuarán las salas de las cortes
provinciales, tribunales penales, tribunales de lo contencioso administrativo y
tributarios juezas y jueces de primer nivel (…) 10. Expedir, modificar, derogar (…)
resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la
organización, funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario;
particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura (período 2013-2018), mediante Resolución
118-2013, de 16 de septiembre de 2013, publicada en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial No. 108, de 24 de octubre de 2013,resolvió crear la Unidad Judicial
Norte de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Guayaquil;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura (período 2013-2018), mediante Resolución
179-2014, de 16 de septiembre de 2014, publicada en Suplemento del Registro
Oficial No. 355, de 16 de octubre de 2014, resolvió crear la Unidad Judicial Florida
de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Guayaquil, provincia
de Guayas;
Que la Dirección General del Consejo de la Judicatura mediante Resolución CJ-DG-
2016-179, de 7 de diciembre de 2016, resolvió modificar la denominación de la
Unidad Judicial Norte de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón
Guayaquil, por “Unidad Judicial Norte 2 de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con

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