Sentencias. 22-17-IS/22 y acumulado En el Caso No. 22-17-IS y acumulado Acéptese parcialmente la acción de incumplimiento N° 22-17-IS y acumulado

Número de Boletín150
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Martes 3 de enero de 2023 Edición Constitucional Nº 150 - Registro Ocial
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Sentencia No. 22-17-IS/22 y acumulado
Juez ponente: Alí Lozada Prado
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
ema il: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 09 de noviembre de 2022
CASO No. 22-17-IS y acumulado
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIB UCIONES CONSTITUCIONALE S Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 22-17-IS/22 y acumulado
Tema: La Corte acepta parcialmente las demandas de acción de incumplimiento de las
sentencias N.° 004-16-SIN-CC y N.° 011-16-SIN-CC, relacionadas con las tarifas de
las tasas por la ocupación de espacio público en el cantón Esmeraldas. Para el efecto,
esta Corte verifica que la regulación de las nuevas tarifas se realizó fuera de un plazo
razonable.
I. Antecedentes
A. Actuaciones procesales
A.1. Caso N.° 22-17-IS
1. El 4 de junio de 2015, el Consorcio Ecuatoriano de Telecomunicaciones S.A.
CONECEL, presentó una demanda de inconstitucionalidad de varias normas de la
Ordenanza que regula la utilización y ocupación del espacio público o la vía pública y
espacio aéreo municipal, suelo y subsuelo, por la colocación de estructuras, postes y
tendido de redes pertenecientes a personas naturales o jurídicas privadas dentro del
cantón Esmeraldas, emitida por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de
Esmeraldas (también, “GAD de Esmeraldas”), publicada en el segundo suplemento del
registro oficial N.° 427, de 29 de enero de 2015 (“primera ordenanza”)
1
.
2. Mediante sentencia N.° 004-16-SIN-CC, de 13 de enero de 2016, la Corte
Constitucional aceptó la acción planteada
2
.
3. El 24 de mayo de 2017, la compañía CONECEL S.A. (“CONECEL”) presentó una
demanda de acción de incumplimiento de la sentencia N.° 004-16-SIN-CC.
4. En virtud del sorteo realizado el 9 de julio de 2019, correspondió la sustanciación de
esta causa al juez constitucional Alí Lozada Prado, quien avocó su conocimiento el 26
1
El caso fue identificado con el N.° 40-15-IN.
2
La ordenanza impugnada como inconstitucional fue sustituida, previo a la emisión de las sentencias N.º
004-16-SIC-CC y N.º 011-16-SIC-CC (ver párr. 18 infra), por la Ordenanza N.º 022-GADME “que regula
el espacio público o la vía pública; espacio municipal, el suelo y subsuelo por la colocación de estructuras
metálicas, postes, tubería y tendidos de redes electrónicas, de fibra óptica y de todo tipo comercial,
pertenecientes a personas naturales o jurídicas dentro del cantón Esmeraldas”, publicada en el regist ro
oficial N.º 623, de 9 de noviembre de 2015.

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