Sentencias. 2322-17-EP/22 En el Caso No. 2322-17-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección Nº. 2322-17-EP

Número de Boletín79
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Edición Constitucional Nº 79 - Registro Ocial
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Lunes 12 de septiembre de 2022
Sentencia No. 2322-17-EP /22
Jueza ponente: Carmen Corral Ponce
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Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
ema il: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 20 de julio de 2022
CASO No. 2322-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 2322-17-EP/22
I. Antecedentes Procesales
1. El 10 de diciembre de 2010, la señora Dorys Patricia Ortiz Rodríguez presentó una
demanda en sede laboral en contra del Instituto de la Niñez y la Familia -INFA-, adscrito
al Ministerio de Inclusión Económica y Social, por despido intempestivo
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. En primera
instancia, la causa se signó con el No. 17351-2010-0747.
2. Con fecha 19 de julio de 2011, la jueza adjunta primera del Trabajo de Pichincha dictó
sentencia desechando la demanda, por no comprobar una relación laboral sino una
actividad comunitaria.
3. Dorys Patricia Ortiz Rodríguez interpuso recurso de apelación, al cual se adhirió el
INFA. El 6 de marzo de 2012, la Segunda Sala de lo Laboral de la Corte Provincial de
Justicia de Pichincha dictó sentencia desestimando la apelación al no verificar una
relación laboral. Dorys Patricia Ortiz Rodríguez solicitó que se aclare y amplíe la
sentencia, lo cual fue negado mediante auto de 15 de marzo de 2012. En segunda
instancia, la causa se signó con el No. 17132-2011-1170.
4. Dorys Patricia Ortiz Rodríguez planteó recurso de casación. Mediante fallo de 8 de junio
de 2017, la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, casó la
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En su libelo, la demandante señaló que laboró como coordinadora comunitaria desde el 1 de noviembre
de 2000 hasta el 31 de agosto de 2010, recordando que, a partir del año 2008, el INFA dejó de ser una
persona jurídica de derecho privado para pasar a ser adscr ito al prenombrado Ministerio.
Tema: Se analiza la acción extraordinaria de protección presentada en contra de una
sentencia de casación, en donde se alega la vulneración de los derechos a la tutela
judicial efectiva, el derecho al debido proceso en las garantías del cumplimiento de
las normas y los derechos de las partes, y a la motivación de las resoluciones de los
poderes públicos. La sentencia concluye desestimar la demanda de acción
extraordinaria de protección tras haber descartado la presunta vulneración de
derechos.

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