Sentencias. 2387-16-EP/22 En el Caso No. 2387-16-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección planteada

Número de Boletín45
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Viernes 17 de junio de 2022Edición Constitucional Nº 45 - Registro Ocial
51
Sentencia: No. 2387-16-EP /22
Juez ponente: Richard Ortiz Ortiz
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
ema il: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 11 de mayo de 2022
CASO No. 2387-16-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 2387-16-EP/22
I. Antecedentes
1. El 30 de agosto de 2011, Galo Jacinto Quijije Medina (el accionante) presentó una
acción de protección en contra del director general del Servicio Nacional de Aduana
del Ecuador (SENAE) y la Procuraduría General del Estado (PGE). En su demanda,
argumentó la vulneración de derechos constitucionales
1
, y solicitó que se deje sin
efecto el sumario administrativo sustanciado en su contra y la resolución con la que se
le destituyó de su cargo de conductor administrativo de la Dirección Distrital de
Guayaquil del SENAE.
2
2. El 4 de mayo de 2012, el Juzgado Décimo Noveno de Garantías Penales aceptó la
acción de protección y dejó sin efecto la resolución administrativa de destitución
1 Acción de protección No. 09269-2011-1529. El accionante alegó la vulneración de los derechos a la
seguridad jurídica, al debido proceso en la garantía de la proporcionalidad entre las infracciones y las
sanciones, a la defensa, a contar con el tiempo y los medios adecuados para la preparación de su defensa, a
ser escuchado en el momento oportuno y replicar los argu mentos de la otra parte, a la motivación y al
trabajo. Además, el accionante solicitó la reparación integral del daño causado, el reintegro a sus funciones
de trabajo y el pago de los valores dejados de percibir.
2 El dir ector general del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), mediante resolución de 22 de
agosto de 2011, destituyó de su cargo a Galo Jacinto Quijije Medina, por incumplir las obligac iones
determinadas en la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP), artícu lo 22 deberes de los servidores
públicos f) Cumplir en forma permanente, en el ejercicio de sus funciones, con atención debida al público
y asistirlo con la información oportuna y pertinente”, artíc ulo 24 prohibiciones de los servidores públicos
“d) Privilegiar en la prestación de servicios a familiares y personas recomendadas por superiores; n)
Suspender el trabajo, salvo el caso de huelga declarada de conformidad con las causales, requisitos,
procedimiento y las condiciones previstas en la Constitución de la República y esta Ley.”
Tema: La Corte Constitucional desestima la acción extraordinaria de protección
presentada en contra de la sentencia de 5 de septiembre de 2016, dictada por la Sala
Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte
Provincial de Justicia de Guayas, por no constatar vulneración al debido proceso en
la garantía de la motivación.
Sentencia: No. 2387-16-EP /22
Juez ponente: Richard Ortiz Ortiz
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 11 de mayo de 2022
CASO No. 2387-16-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 2387-16-EP/22
I. Antecedentes
1. El 30 de agosto de 2011, Galo Jacinto Quijije Medina (el accionante) presentó una
acción de protección en contra del director general del Servicio Nacional de Aduana
del Ecuador (SENAE) y la Procuraduría General del Estado (PGE). En su demanda,
argumentó la vulneración de derechos constitucionales1, y solicitó que se deje sin
efecto el sumario administrativo sustanciado en su contra y la resolución con la que se
le destituyó de su cargo de conductor administrativo de la Dirección Distrital de
Guayaquil del SENAE.2
2. El 4 de mayo de 2012, el Juzgado Décimo Noveno de Garantías Penales aceptó la
acción de protección y dejó sin efecto la resolución administrativa de destitución
1 Acción de protección No. 09269-2011-1529. El accionante alegó la vulneración de los derecho s a la
seguridad jurídica, al debido proceso en la garantía de la proporcionalidad entre las infraccio nes y las
sanciones, a la defensa, a contar con el tiempo y los medios adecuados para la preparación de su defensa, a
ser escuchado en el momento oportuno y replicar los argu mentos de la otra parte, a la motivación y al
trabajo. Además, el accionante solicitó la reparación integra l del daño causado, el reintegro a sus func iones
de trabajo y el pago de los valores dejados de percibir.
2 El dir ector general del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), mediante resolución de 22 de
agosto de 2011, destituyó de su cargo a Galo Jacinto Quijije Medina, por incumplir las obligac iones
determinadas en la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP), artícu lo 22 deberes de los servidores
públicos f) Cumplir en forma permanente, en el ejercicio de sus funciones, con atención debida al público
y asistirlo con la información oportuna y pertinente”, artíc ulo 24 prohibiciones de los servidores públicos
“d) Privilegiar en la prestación de servicios a familiares y personas recomendadas por superiores; n)
Suspender el trabajo, salvo el caso de huelga declarada de conformidad con las causales, requisitos,
procedimiento y las condiciones previstas en la Constitución de la República y esta Ley.”

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