Sentencias. 2404-17-EP/22 En el Caso No. 2404-17-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección No. 2404-17-EP

Número de Boletín38
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Viernes 20 de mayo de 2022 Edición Constitucional Nº 38 - Registro Ocial
44
Sentencia No. 2404-17-EP /22
Juez ponente: Enrique H errería Bonnet
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
ema il: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 13 de abril de 2022
CASO No. 2404-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 2404-17-EP/22
I. Antecedentes
1.1. El proceso originario
1. El 16 de diciembre de 2016, el señor Yu Feng inició una acción de impugnación en
contra de la Resolución N°. SENAE-DGN-2016-1059-RE1 de 1 de diciembre de 2016
emitida por el señor Pedro Xavier Cárdenas Moncayo, director general del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador (“SENAE”). La causa fue signada con el Nº. 09501-
2016-00519.
2. En sentencia de 31 de marzo de 2017, el Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario
con sede en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas (“Tribunal”) resolvió aceptar la
acción propuesta y declarar la nulidad de la Resolución N°. SENAE-DGN-2016-1059-
RE.
3. El 6 de abril de 2017, el señor Salvador Enrique Toledo Quiroz, procurador judicial del
director general del SENAE, interpuso recursos de aclaración y ampliación. Mediante
auto de 24 de abril de 2017, el Tribunal resolvió negarlos.
1 La reso lució n en mención atendió el reclamo administrat ivo N°. 299-2016 presentado en co ntra de la
Rectificación de T ributo s Nº. JRP1-2015-1462-D001 emitida por el director regio nal encargado de la
Direc ció n Nacional de Intervenció n del Servicio Na cion al de Aduana del Ecuador. En la Rectificació n de
Tributo s se realizó la determinación tributaria de la importa ción amparada en el Refrendo Nº. 028-2013-
10-00689974 y 028-2013-10-00526814 en la cual se est able ció la difere ncia a pagar de USD 14 018,81
más el 20% de recargo sobre el mont o de los valor es rectificados, est o es USD 2 803, 7 6, dando un va lor
total a rectificar de USD 16 822,57.
Tema: En esta sentencia, se analiza la acción extraordinaria de protección presentada
por el señor Mauro Andino Alarcón, director general del Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador, en contra de la sentencia de 10 de agosto de 2017 dictada por
la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia,
dentro de causa Nº. 01501-2016-00519. La Corte Constitucional desestima la
demanda por concluir que la autoridad judicial no vulneró el derecho al debido
proceso en la garantía de la motivación.
Sentencia No. 2404-17-EP /22
Juez ponente: Enrique Herrería Bonnet
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 13 de abril de 2022
CASO No. 2404-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 2404-17-EP/22
I. Antecedentes
1.1. El proceso originario
1. El 16 de diciembre de 2016, el señor Yu Feng inició una acción de impugnación en
contra de la Resolución N°. SENAE-DGN-2016-1059-RE1 de 1 de diciembre de 2016
emitida por el señor Pedro Xavier Cárdenas Moncayo, director general del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador (“SENAE”). La causa fue signada con el Nº. 09501-
2016-00519.
2. En sentencia de 31 de marzo de 2017, el Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario
con sede en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas (“Tribunal”) resolvió aceptar la
acción propuesta y declarar la nulidad de la Resolución N°. SENAE-DGN-2016-1059-
RE.
3. El 6 de abril de 2017, el señor Salvador Enrique Toledo Quiroz, procurador judicial del
director general del SENAE, interpuso recursos de aclaración y ampliación. Mediante
auto de 24 de abril de 2017, el Tribunal resolvió negarlos.
1 La reso lución en mención atendió el reclamo administrat ivo N°. 299-2016 presentado en contra de la
Rectificación de Tributos Nº. JRP1-2015- 1462-D001 emitida por el director reg ional encargado de la
Direcció n Nacional de Intervenció n del Servicio N acio nal de Aduana del Ecuador. En la Rectificación de
Tributo s se realizó la determinación tributaria de la import ación amparada en el Refrendo Nº. 028- 2013-
10-00689974 y 028-2013-10-00526814 en la cual se estableció la difer encia a pagar de USD 14 018,81
más el 20% de recargo sobre el mont o de los valor es rectificados, esto es USD 2 803, 76, dando un valo r
total a rectificar de USD 16 822,57.
Tema: En esta sentencia, se analiza la acción extraordinaria de protección presentada
por el señor Mauro Andino Alarcón, director general del Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador, en contra de la sentencia de 10 de agosto de 2017 dictada por
la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia,
dentro de causa Nº. 01501-2016-00519. La Corte Constitucional desestima la
demanda por concluir que la autoridad judicial no vulneró el derecho al debido
proceso en la garantía de la motivación.

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