Acuerdos. 30/2019 Modifíquese el Acuerdo Nº 038/2019 de 31 de octubre del 2019
Número de Boletín | 137 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Dirección General de Aviación Civil |
10 – Jueves 6 de febrero de 2020 Registro Ofi cial Nº 137
No. 30/2019
EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
Considerando:
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 156 de 20 de
noviembre de 2013, se reorganiza al Consejo Nacional de
Aviación Civil y a la Dirección General de Aviación Civil;
Que, con Resolución No. 001/2013 de 24 de diciembre de
2013, el Consejo Nacional de Aviación Civil, delegó al
Director General de Aviación Civil, la facultad de resolver
las solicitudes para modifi car o suspender temporal y
parcialmente, las concesiones y permisos de operación
otorgados por dicho Organismo, cumpliendo con los
requisitos establecidos en el Reglamento de la materia;
Que, en virtud del Decreto No. 728 de 29 de abril de 2019,
se designa al señor Anyelo Patricio Acosta Arroyo como
Director General de Aviación Civil;
Que, mediante Acuerdo No. 038/2019 de 31 de octubre
del 2019, el Consejo Nacional de Aviación Civil, renovó
y modifi có el Permiso de Operación a la compañía
LATAM- AIRLINES ECUADOR S.A., para la prestación
del servicio de transporte aéreo público, internacional,
regular, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada;
Que, con Ofi cio S/N de 27 de noviembre de 2019, la
compañía LATAM-AIRLINES ECUADOR S.A., solicita
la modifi cación de su Permiso de Operación del servicio
de transporte aéreo internacional, regular, de pasajeros,
carga y correo, en forma combinada, a fi n de incrementar
frecuencias en la ruta hacia/desde Lima, de 21 a 28
frecuencias semanales, en la ruta Quito y/o Guayaquil –
Lima y viceversa;
Que, mediante Memorando Nro. DGAC-AB-2019-
1007-M de 04 de diciembre de 2019, se elevó a
conocimiento del señor Director General de Aviación
Civil, la solicitud presentada por la compañía LATAM-
AIRLINES ECUADOR S.A., adjuntando el extracto para
su legalización y posterior publicación en uno de los
periódicos de amplia circulación nacional y en la Página
Web Institucional;
Que, con Ofi cio Nro. DGAC-AB-2019-0113-O de 05 de
diciembre de 2019, se entrega a la compañía LATAM-
AIRLINES ECUADOR S.A., el Extracto de la solicitud
de modifi cación del Permiso de Operación, internacional,
regular, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada,
a fi n de que proceda con la publicación del mismo de
conformidad con el Art. 45 del Reglamento de la materia;
Que, mediante Ofi cio S/N de 11 de diciembre de 2019, la
compañía LATAM-AIRLINES ECUADOR S.A., remite
la publicación del Extracto realizada en el diario “El
Telégrafo”, el miércoles 11 de diciembre del 2019;
Que, con Memorando Nro. DGAC-AX-2019-0420-M de
19 de diciembre de 2019, la Directora de Comunicación
Social Institucional, comunica que el Extracto de la
solicitud de modifi cación del Permiso de Operación de
la compañía LATAM-AIRLINES ECUADOR S.A, se
encuentra en el portal electrónico de la DGAC, en la
sección Biblioteca/Consejo Nacional de Aviación Civil//
Extractor/2019;
Que, la Dirección de Asesoría Jurídica con Memorando
Nro. DGAC-AE-2019-1775-M de 20 de diciembre de
2019, presenta su informe en el que concluye que la
peticionaria ha cumplido con los requisitos de orden
legal previstos en el literal a) del Art. 6 del Reglamento
de Permisos de Operación para la Prestación de los
Servicios de Transporte Aéreo Comercial y el incremento
de frecuencias solicitado se enmarca en el literal a) del
Art. 52 ibídem; con fundamento en el Acta de la Reunión
de Consulta entre las Autoridades Aeronáuticas de las
Repúblicas de Ecuador y Perú, la solicitud de la compañía
LATAM-AIRLINES ECUADOR S.A. es procedente, por
cuanto en dicha Acta, se establece que la operación de las
aerolíneas en la prestación de los servicios dentro de la
Subregión, se estará a lo dispuesto en las Decisiones de la
Comunidad Andina; y, recomienda aprobar el incremento
de 21 a 28 frecuencias semanales en la ruta Quito y/o
Guayaquil – Lima y viceversa, solicitado por la compañía;
Que, la Dirección de Inspección y Certifi cación
Aeronáutica, en su informe técnico económico unifi cado
presentado con Memorando Nro. DGAC-OX-2019-
28688-M de 20 de diciembre de 2019, concluye que
no existe objeción para que la solicitud sea atendida
favorablemente y recomienda se autorice el incremento
de frecuencias en la ruta Quito y/o Guayaquil – Lima y
viceversa, hasta veintiocho (28) frecuencias semanales;
Que, con Memorando Nro. DGAC-AB-2019-1068-M
de 26 de diciembre de 2019, la Dirección de Secretaría
General presenta el informe unifi cado, en el que concluye
y recomienda que contándose con los informes Jurídico
y Técnico Económico favorables, con la delegación
otorgada por el Consejo Nacional de Aviación Civil,
la documentación habilitante, el análisis realizado, se
ha agotado todo el trámite administrativo previsto en el
Reglamento de la materia, por lo que procede otorgar
la modifi cación solicitada por LATAM-AIRLINES
ECUADOR S.A., para incrementar el número de
frecuencias de veintiuno (21) a veintiocho (28)
frecuencias semanales en la ruta Quito y/o Guayaquil
– Lima y viceversa, con derechos de tercera y cuarta
libertades del aire.
Que, se ha observado y cumplido con todo el trámite
administrativo contemplado en el Reglamento de
Permisos de Operación para la Prestación de los Servicios
de Transporte Aéreo Comercial; y,
Con base a la delegación realizada en la RESOLUCIÓN
No. 001/2013 de 24 de diciembre de 2013, el Director
General de Aviación Civil
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