41 Ratifíquese la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto de Comercialización de Combustibles líquidos Derivados de Hidrocarburos de “ExxonMobil”

Fecha de publicación16 Julio 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho del Medio Ambiente
Número de Gaceta531
24 – Martes 16 de julio de 2019 Registro Of‌i cial Nº 531
Proponer de forma conjunta, entre la Coordinación
General de Asesoría Jurídica y la Subsecretaría de
Aseguramiento no Contributivo, Contingencias y
Operaciones el borrador del instrumento jurídico
que permita operat ivizar la propuesta detallada
en el presente informe.
Que, mediante memorando No. MIES-VIE-2019-0120-M,
de fecha 31 de mayo de 2019, el señor Viceministro
de Inclusión Económica, solicitó a la señora Ministra
de Inclusión Económica y Social, la autorización a la
propuesta de Acuerdo Ministerial para la reactivación
de puntos de pago inhabilitados para realizar el pago del
bono de desarrollo humano, bono de desarrollo humano
con componente variable, pensión para adultos mayores
y pensión para personas con discapacidad, con el f‌i n de
proceder a realizar los trámites pertinentes para la emisión
del respectivo Acuerdo Ministerial y la implementación
del mismo con las áreas competentes; y,
En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y
reglamentarias,
Acuerda:
MODIFICAR EL MANUAL DE PROCESOS
PARA EL PAGO DE LAS TRANSFERENCIAS
MONETARIAS EN LA MODALIDAD DE
VENTANILLA, EN LOS SIGUIENTES TÉRMI NOS:
Artículo 1.- A continuación del literal g, del numeral 9.1.2
correspondiente a la política del subproceso de ingreso
de nuevas agencias, instituciones f‌i nancieras, bancos
comunales, cajas de ahorro o agentes no f‌i nancieros,
agréguese dos literales con el siguiente t exto:
h. Se procederá con la reactivación de los puntos de
pago inhabilitados por presentar denuncias con pagos
no justif‌i cados o irregularidades en los procesos de
supervisión, siempre que la institución f‌i nanciera
a través de su concentrador, remita al MIES los
siguientes requisitos:
1. Solicitud formal a la Dirección de Aseguramiento
no Contributivo, Contingencias y Operaciones –
DANCCO, para la reactivación del punto de pago.
2. Informe técnico motivado por parte de la institución
f‌i nanciera en el que consten las acciones correctivas
a las irregularidades presentadas en los procesos
de pago por las cuales fueron suspendidos.
3. Propuesta de inclusión de usuarios a la modalidad
de pago en cuenta del Bono de Desarrollo Humano
y Pensiones administradas por el Ministerio de
Inclusión Económica y Social, misma que deberá
ejecutarse en un periodo no mayor a los seis meses.
La institución f‌i nanciera, no deberá presentar, en los 12
meses previos a su inhabilitación, más de 10 denuncias
de pago no justif‌i cado o más de 20 irregularidades en
los procesos de supervisión.
No se considerarán aquellas denuncias o procesos
de supervisión que a la fecha de la solicitud de
reactivación se encontraren en trámite.
Este proceso de reactivación de puntos pago no es
aplicable para corresponsales no bancarios.
i. Se inhabilitarán los puntos de pago que fueron
reactivados en base a lo expuesto en el literal anterior
de manera def‌i nitiva, de presentarse cualquiera de los
siguientes casos:
1. Presentar denuncias de pago no justif‌i cado o
irregularidades en los procesos de supervisión
posteriores a su reactivación.
2. No alcanzar el 80 % de usuarios incluidos en la
modalidad de pago en cuenta respecto a la propuesta
presentada al momento de su reactivación.
Artículo 2.- Ratif‌i case el contenido del “Manual de
procesos para el pago de las transferencias monetarias en la
modalidad ventanilla”, expedido con Acuerdo Ministerial
No. 073, de fecha 27 de febrero de 2019, en todo aquello
no hubiese sido modif‌i cado expresamente por el presente
instrumento legal.
DISPOSICIÓN GENERAL
Encárguese del cumplimiento de este Acuerdo al
Viceministerio de Inclusión Económica a través de
la Subsecretaría de Familia y la Subsecretaría de
Aseguramiento No Contributivo, Contingencias y
Operaciones.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a los 31 días de mayo de 2019.
f.) Lourdes Berenice Cordero Molina, Ministra de
Inclusión Económica y Social.
MIES.- MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓ-
MICA Y SOCIAL.- Secretaría General.- Es f‌i el copia del
original.- Lo certif‌i co.- f.) Ilegible.- 01 de julio de 2019.
No. 41
Msc. Roberto Enrique Gavilánez Torres
SUBSECRETARIO DE CALIDAD
AMBIENTAL SUBROGANTE
MINISTERIO DEL AMBIENTE
Considerando:
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