Ratio nº 004-11-DEE-CC de Corte Constitucional, 27 de Julio de 2011

Fecha27 Julio 2011
Número de resolución004-11-DEE-CC

ELEMENTOS FÁCTICO-NATURALES. AMENAZA (TSUNAMI)



Ratio (1) Con el fin de prevenir los efectos de un posible tsunami, es legítimo adoptar un estado de excepción ante la sola amenaza.

Cita (1)Los ecuatorianos, a través de los medios de comunicación a nuestro alcance, hemos sido testigos del terremoto y posterior tsunami que azotó el Estado de Japón y la propagación de éste último a escala internacional. En efecto, la alerta que inicialmente fue para los países e islas localizados entre Japón y Hawaii, se extendió posteriormente a las costas del Pacífico, en las que se encuentra el Ecuador, por lo que la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos del Ecuador recomendó el estado de excepción que, entre otras medidas, permitiera la evacuación de la población del filo costero y las islas Galápagos, estimada en 300.000 personas que pudieran verse afectadas por este fenómeno natural. La altura del tsunami a su llegada a las islas G. fue de 2.5m...

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