Ratio nº 001-11-SCN-CC de Corte Constitucional, 11 de Enero de 2011

Fecha11 Enero 2011
Número de resolución001-11-SCN-CC

DERECHO AL RECURSO. GARANTÍAS JURISDICCIONALES



R. (1) La doctrina hace una diferencia entre el derecho de acción y el derecho de impugnación. De ello se entiende que, la normativa constitucional ha previsto que, para la interposición de cualquier garantía jurisdiccional, se aplican plazos; y, para la interposición de los recursos, dentro de procesos de garantías, se aplican términos.

Cita (1) “Con estas precisiones, es fácil determinar que el artículo 86, numeral 2, literal b de la Constitución se refiere al derecho de toda persona a interponer una acción jurisdiccional cuando se ha visto violentado un derecho constitucional, y para ello tendrá todos los días y horas, incluyendo los sábados, domingos y feriados. Sin embargo, para garantizar el derecho a recurrir un fallo o sentencia, contenido en el artículo 76, numeral 7, literal m ibídem, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala específicamente en su artículo 24 inciso primero, que se tendrán “… hasta tres días hábiles”, entendiéndose en este caso, a aquellos días en que existe, por ejemplo, acceso a los casilleros judiciales, y que en general, las condiciones se den para que los operadores de justicia permitan a quienes deben recurrir: conocer el fallo o sentencia al que impugnarán, preparar sus alegaciones y fundamentar bien el recurso, ya que sólo así se puede ejercer debidamente el derecho a recurrir un fallo o resolución y, en consecuencia, ejercer el derecho a la tutela judicial efectiva en ese momento del proceso. “



Ratio (2) El tiempo previsto en la ley de la materia para la interposición de un recurso de apelación en un proceso de acción de protección, no vulnera el debido proceso siempre que se lo entienda como término y no como plazo.

Cita (2) “El artículo 11, numeral 5 de la Constitución de la República determina de manera clara que en materia de derechos y garantías constitucionales se deberá aplicar la norma y la interpretación que más favorezcan su efectiva vigencia; en...

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