Decretos. 456 Dispónense lineamientos para la adopción de políticas públicas compensatorias ante el incremento del costo de la vida tras la pandemia de COVID-19 y la crisis logística internacional
Número de Boletín | 87 |
Sección | Decretos |
Emisor | Presidencia de la República |
GUILLERMO LASSO MENDOZA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 141 de la Constitución de la República dispone que el Presidente de la República ejerce la Función Ejecutiva, es el Jefe de Estado y de Gobierno y responsable de la administración pública;
Que los numerales 1, 3 y 5 del artículo 147 de la Constitución de la República determinan que son atribuciones y deberes del Presidente de la República: cumplir y hacer cumplir las normas jurídicas, definir y dirigir las políticas públicas de la Función Ejecutiva, y dirigir la administración pública expidiendo los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control;
Que de conformidad con el artículo 281 de la Constitución la soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiado de forma permanente;
Que a raíz de la pandemia de COVID-19, superada gracias a la gestión del plan de vacunación y manejo epidemiológico de las medidas sanitarias aplicables se produjo una crisis logística internacional que ha generado inflación en los precios a nivel mundial;
Que dicha crisis logística ha causado un incremento sustancial en los costos de fletes internacionales, que en el caso ecuatoriano han sido limitados gracias a la reforma tributaria aprobada en esta administración, en la que se eliminó dicho costo del cálculo de aranceles e impuestos, por lo cual la inflación ecuatoriana es la más baja de la región, sin embargo y a pesar de tal reforma, dicho incremento ha afectado a buena parte de la ciudadanía;
Que actualmente existe un conflicto bélico internacional entre Ucrania y Rusia, lo que según reportes del Banco Mundial1 y de la Organización de Naciones Unidas2 ha causado incrementos en los precios de varios productos que se producen o comercializan hacia las zonas del conflicto, en especial, de los alimentos como aceites y granos, y de insumos agrícolas como la úrea;
Que existiendo una problemática de inflación derivada de las situaciones aquí descritas, corresponde al Ejecutivo dar directrices a las distintas entidades públicas para adoptar medidas y políticas...
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