Acuerdos. 470 Deléguese al señor Mayo De I. Edmundo David Mora Clavijo, Oficial del Gabinete Ministerial, presida el Equipo Técnico de Armas Químicas y Armas Biológicas (ETAQ-B), del Consejo Sectorial de Seguridad
Número de Boletín | 365 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Jueves 7 de enero de 2021Registro Ocial Nº 365
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MINISTERIO DE
DEFENSANACIONAL
ACUERDO MINISTERIAL Nº ____
Oswaldo Jarrín Román
General de División (SP)
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
C O N S I D E R A N D O:
Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
establece:“A las ministras y ministros de Estado, además de las
atribuciones establecidas en la ley, les corresponde:
1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión (…)”;
Que, el artículo 226 ibídem, dispone: "Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los
derechos reconocidos en la Constitución";
Que, el artículo 227 ibídem, preceptúa: “La administración pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”;
Que,el Ecuador posee obligaciones internacionales respecto al control y
limitación de varios tipos de armas puesto que ha ratificado las
siguientes Convenciones: Convención sobre la Prohibición del
Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Uso de Armas
Químicas y su Destrucción en 1995; el Convenio sobre la prohibición,
el desarrollo, la producción, el Almacenamiento de Armas
Bacteriológicas (Biológicas) y Toxicas y Sobre su Destrucción,en 1975;
la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas
armas convencionales que pueden considerarse excesivamente
nocivas o de efectos indiscriminados; y, sus tres protocolos adicionales
en 1982; la Convención sobre Municiones en Racimo, en 2010; el
Tratado Sobre la Prohibición de las Armas Nucleares en 2017.
Adicional el Ecuador como parte de los estados asistentes a la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Tráfico Ilícito de Armas
Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos, reunidos en Nueva
York el 2001, establecieron el Programa de Acción de las Naciones
Unidas para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas
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