Resoluciones. 552-2019-S Modifíquese la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros

Número de Boletín144
SecciónResoluciones
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
30 – Lunes 17 de febrero de 2020 Registro Of‌i cial Nº 144
el Seguro de Seguros Privados en función de la capacidad
del Fondo de Seguros Privados, hasta el monto protegido
total de USD 1.500,00 por asegurado o benef‌i ciario, el
mismo que deberá ser revisado al menos anualmente por la
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de
conformidad con los niveles de desempeño del Fondo de
Seguros Privados, la siniestralidad del sistema de seguro
privado y el nivel de riesgo de las empresas de seguros;
Que mediante resolución No. 481-2018-S de 13 de
diciembre de 2018, la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera dispuso mantener, hasta el 31
de diciembre de 2019, el monto protegido total de USD
1,500.00 por asegurado o benef‌i ciario como cobertura del
Seguro de Seguros Privados;
Que las resoluciones Nos. 174-2015-S de 21 de diciembre
de 2015 y 481-2018-S de 13 de diciembre de 2018,
se encuentran codif‌i cadas en el Libro III “Sistema de
Seguros Privados”, Título V “Del Fondo de Seguros
Privados”, Capítulo I “Normas Generales del Fondo de
Seguros Privados”, de la Codif‌i cación de Resoluciones
Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros;
Que de conformidad a la fe de erratas s/n, publicada en
el Registro Of‌i cial No. 439, de 1 de marzo de 2019, que
modif‌i ca la resolución No. 481-2018-S, se cambia la
denominación donde dice "Sexta", por “Séptima.”;
Que mediante of‌i cio No. COSEDE-DIR-2019-0032-O de
02 de diciembre de 2019, la Presidenta del Directorio de la
Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez
y Fondo de Seguros Privados remitió al Ministro de
Economía y Finanzas - Presidente de la Junta de Política
y Regulación Monetaria y Financiera los informes técnico
y legal que sustentan la propuesta sobre la revisión del
monto de cobertura del Fondo de Seguros Privados;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria
y Financiera, en sesión extraordinaria por medios
tecnológicos convocada el 18 de diciembre de 2019, con
fecha 23 de diciembre de 2019, conoció y aprobó el texto
de la presente resolución; y,
En ejercicio de sus funciones,
Resuelve:
ARTÍCULO ÚNICO.- En el Libro III “Sistema de
Seguros Privados”, Título V “Del Fondo de Seguros
Privados”, Capítulo I “Normas Generales del Fondo de
Seguros Privados”, de la Codif‌i cación de Resoluciones
Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, sustitúyase
la disposición transitoria séptima, por el siguiente texto:
SÉPTIMA.- Mantener para el ejercicio económico 2020
el monto protegido total de USD 1,500.00, por asegurado
o benef‌i ciario, como cobertura del Fondo de Seguros
Privados.”
DISPOSICIÓN FINAL.- Esta resolución entrará en
vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE.- Dada en el Distrito Metropolitano de
Quito, el 23 de diciembre de 2019.
EL PRESIDENTE,
f.) Econ. Richard Martínez Alvarado.
Proveyó y f‌i rmó la resolución que antecede el economista
Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía y
Finanzas - Presidente de la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera, en el Distrito Metropolitano de
Quito, el 23 de diciembre de 2019.- LO CERTIFICO.
SECRETARIO ADMINISTRATIVO, ENCARGADO
f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA.- SECRETARÍA
ADMINISTRATIVA.- Quito, 29 de enero de 2020.- Es
copia del documento que reposa en los archivos de la
Junta.- LO CERTIFICO: f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
No. 552-2019-S
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA
Considerando:
Que el Código Orgánico Monetario y Financiero se
encuentra en vigencia desde su publicación en el Segundo
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 332 de 12 de
septiembre de 2014;
Que en el artículo 13 del Código Orgánico Monetario
y Financiero, se crea la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera como parte de la Función Ejecutiva,
responsable de la formulación de políticas públicas y la
regulación y supervisión monetaria, crediticia, cambiaria,
f‌i nanciera, de seguros y valores;
Que el artículo 80, numerales 3 y 10 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, establece que la Corporación
del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo
de Seguros Privados tiene como funciones, entre otras,
administrar el Fondo de Seguros Privados y los recursos
que lo constituyen; y, cubrir los riesgos de las empresas
del seguro privado legalmente constituidas en el país que
entren en liquidación forzosa;
Que el artículo 349 vigente del Código Orgánico Monetario
y Financiero, en su último inciso, indica que los recursos
del Fondo de Seguros Privados se acumularán hasta el
monto que determine la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera, sobre la base del informe técnico
que será elaborado y presentado por la Corporación del
Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de
Seguros Privados;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera, expidió la “Norma para Determinar el Monto
del Patrimonio del Fondo de Seguros Privados”, codif‌i cada

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