Resoluciones. 561-2020-F Modifíquese la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros
Número de Boletín | 151 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera |
Viernes 28 de febrero de 2020 – 33Registro Ofi cial Nº 151
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Ofi cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y ofi cializar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad propuestos por el INEN en el ámbito de
su competencia de conformidad con lo previsto en la Ley
del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y en su reglamento
general; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley.
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y ofi cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Primera edición de la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN- ISO 16140-2 (Microbiología de
la cadena alimentaria - validación de métodos - parte
2: protocolo para la validación de métodos alternativos
(patentados) frente a los métodos de referencia (ISO
16140-2:2016, IDT)), que defi ne el principio general
y el protocolo técnico para la validación de métodos
alternativos, principalmente patentados, para la
microbiología en la cadena alimentaria.
ARTÍCULO 2.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN- ISO 16140-2:2020 (Primera edición), entrará en
vigencia desde la fecha de su publicación en el Registro
Ofi cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Ofi cial.
28 de enero de 2020.
Documento fi rmado electrónicamente
Ing. Hugo Manuel Quintana Jedermann, Subsecretario de
Calidad.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA.- CERTIFICA.-
ES FIEL COPIA DEL ORIGINAL QUE REPOSA EN
SECRETARÍA GENERAL.- FECHA: 03 DE FEBRERO
DE 2020.- FIRMA: Ilegible.
No. 561-2020-F
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA
Considerando:
Que el artículo 280 de la Constitución de la República
defi ne al Plan Nacional de Desarrollo como el instrumento
al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos
públicos, así como la programación y ejecución del
presupuesto del Estado;
Que el artículo 293 de la Constitución de la República
dispone que la formulación y la ejecución de los
presupuestos de los gobiernos autónomos descentralizados
y los de otras entidades públicas se ajustarán a los planes
regionales, provinciales, cantonales y parroquiales,
respectivamente, en el marco del Plan Nacional de
Desarrollo, sin menoscabo de sus competencias y su
autonomía;
Que el Código Orgánico Monetario y Financiero se
encuentra en vigencia desde su publicación en el Segundo
Suplemento del Registro Ofi cial No. 332 de 12 de
septiembre de 2014;
Que el artículo 13 del Código Orgánico Monetario
y Financiero crea la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera como parte de la Función
Ejecutiva, responsable de la formulación de las políticas
públicas y la regulación y supervisión monetaria,
crediticia, cambiaria, fi nanciera, de seguros y valores; y,
determina su conformación;
Que el artículo 14, numeral 45 del Código Orgánico
Monetario y Financiero establece como función de la
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera,
aprobar anualmente el presupuesto de las entidades del
sector fi nanciero público, sus reformas, así como regular
su ejecución;
Que en la Codifi cación de Resoluciones Monetarias,
Financieras, de Valores y Seguros expedida por la Junta
de Política y Regulación Monetaria y Financiera, Libro
I “Sistema Monetario y Financiero”, Título II “Sistema
Financiero Nacional”, Capítulo XXXIII “Del Gobierno y
Administración del Sector Financiero Público”, Sección
III “Del Sector Financiero Público Capital Presupuesto”,
Subsección I constan las Normas de Gestión Presupuestaria
para las entidades del sector fi nanciero público;
Que mediante resolución No. 543-2019-F de 30 de
septiembre de 2019, la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera aprobó los Lineamientos para
la elaboración de la proforma presupuestaria del Banco
Central de Ecuador y entidades del sector fi nanciero
público para el año 2020, incorporada en la Sección
XI, del Capítulo XXXIV, del Título II, del Libro I de la
Codifi cación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de
Valores y Seguros expedida por la Junta;
Que a través de la resolución No. 544-2019-F de 30 de
septiembre de 2019, la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera aprobó el Programa de Crédito
para las Entidades del Sector Financiero Público,
incluida en el Capítulo L, del Título II, del Libro I de la
Codifi cación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de
Valores y Seguros expedida por la Junta;
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