Decretos. 590 Dispónese que la restricción a la libertad de tránsito correspondiente al estado de excepción en las provincias de Guayas, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas, será todos los días desde las 23h00 hasta las 05h00, a partir de la expedición de este Decreto Ejecutivo

Número de Boletín187
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República

GUILLERMO LASSO MENDOZA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 8 del artículo 3 de la Constitución de la República establece como deber primordial del Estado garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz y a la seguridad integral;

Que los artículos 164 y 165 de la Constitución de la República establecen que es potestad del Presidente de la República decretar el estado de excepción en todo o en parte del territorio nacional, observando los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad, territorialidad y razonabilidad;

Que el artículo 393 de la Constitución de la República establece que el Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos;

Que el artículo 28 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado establece que los estados de excepción son una respuesta a graves amenazas que afectan a la seguridad pública y del Estado;

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 588 del 01 de noviembre de 2022, se declaró el estado de excepción por grave conmoción interna en las provincias de Guayas y Esmeraldas, con una vigencia de 45 días;

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 589 del 04 de noviembre de 2022, se amplió el ámbito territorial de aplicación del Decreto Ejecutivo No. 588 del 01 de noviembre de 2022, de las provincias de Guayas y Esmeraldas, a las provincias de Guayas. Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas;

Que la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Orden Público de la Policía Nacional del Ecuador ha informado que las provincias de Guayas. Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas, entre las semanas 44 y 45 del presente año, durante la vigencia del estado de excepción declarado mediante Decreto Ejecutivo No. 588 de 01 de noviembre de 2022, han evidenciado un decremento semanal considerable en los niveles de violencia y delincuencia. Así, en las provincias declaradas con estado de excepción, se ha reducido el número de eventos de homicidios...

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