Sentencia nº 0019-2012-3 de Sala de Lo Civil, Mercantil de la Corte Nacional de Justicia (2012), 26 de Marzo de 2012

Número de sentencia0019-2012-3
Número de expediente0175-2007
Fecha26 Marzo 2012
Número de resolución0019-2012-3

RATIO DECIDENCI"1. El Art. 410 del Código de Comercio, norma invocada por el recurrente como aplicada indebidamente, determina los requisito esenciales que debe contener una letra de cambio, pero en ninguna parte de la norma se establece que no pueda aceptarse como prueba en un juicio ordinario, una letra de cambio a la que falte uno de los requisitos mencionados en dicho artículo; o que la cambial sólo obre como prueba en el juicio ejecutivo. 2. Si bien, en el presente caso, la acción ejecutiva fue desechada por contener dos vencimientos, esto no obsta para que se pueda reclamar el pago del dinero en la vía ordinaria, ya no en base al título ejecutivo, sino a la acción de enriquecimiento injustificado, puesto que, existe un incremento patrimonial en desmedro del patrimonio de otra persona sin justificación o causa alguna, conforme es la demanda presentada por el actor."

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR