Sentencias. 62-19-IS/22 En el Caso No. 62-19-IS Desestímese la acción de incumplimiento de sentencia correspondiente al caso No. 62-19-IS
Número de Boletín | 50 |
Sección | Sentencias |
Emisor | Corte Constitucional del Ecuador |
Miércoles 13 de julio de 2022Edición Constitucional Nº 50 - Registro Ocial
91
Sentencia: No. 62-19-IS/22
Jueza ponente: Carmen Corral Ponce
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 26 de mayo de 2022.
CASO No. 62-19-IS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIB UCIONES CONSTITUCIONALE S Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 62-19-IS/22
I. Antecedentes procesales
1. El 7 de febrero de 2019, Jeaneth Alexandra Escobar Jarrín, planteó una acción de
protección en contra del Conjunto Residencial Rocattas, alegando que el contenido del
acta de la Asamblea Ordinaria de Copropietarios del conjunto, efectuada el 13 de enero
2019, en la que se resolvió su destitución del cargo de vicepresidenta del referido
conjunto residencial, vulneró sus derechos constitucionales
1
. Luego del sorteo de rigor,
la causa se signó con el No. 17460-2019-00727 y correspondió su conocimiento a la
Unidad Judicial de Tránsito con sede en el Distrito Metropolitano de Quito.
2. En sentencia de 1 de abril de 2019, la jueza de la Unidad Judicial de Tránsito con sede
en el Distrito Metropolitano de Quito resolvió rechazar por improcedente la acción de
protección. Inconforme con la decisión Jeaneth Alexandra Escobar Jarrín interpuso
recurso de apelación.
3. En sentencia de 13 de junio de 2019, los jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial
de Justicia de Pichincha resolvieron aceptar la acción de protección y dispusieron
medidas de reparación
2
.
1
La accionante alegó vulneración de sus derechos constitucionales al debido proceso, a la seguridad
jurídica , y al buen nombre.
2
La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha dispuso las siguientes medidas de reparación:
“(…) 3.- Como medidas de reparación se dispone: dejar sin efecto la Resolución adoptada el día 13 de
enero del 2019, en la Asamblea General Ordinaria de Copropietarios del Conjunto Residencial Rocattas,
en lo que respecta exclusivamente en el TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, por lo que se dispone
se vuelva a convocar a los Copropietarios de Dicho Conjunto Habitacional dentro del término de 15 días
contados desde la notificación de esta acción de protección a fin de que se trate los temas abordados en
este tercer punto, siguiendo el debido proceso establecido en la CRE leyes especiales y Reglamentos
internos dándole el derecho a la legitimada activa Jeaneth Alexandra Escobar a fin de ejerza su derecho
a la defensa. 4.- Como medida de reparación integral, el representante legal de dicho Conjunto
Habitacional, antes de tratar el tercer punto del orden del día de la Asamblea General Ordinaria de
Tema: En este fallo se resuelve desestimar la acción de incumplimiento presentada
respecto de la sentencia dictada por los jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial
de Justicia de Pichincha, dentro de la acción de protección No. 17460-2019-00727.
Sentencia: No. 62-19-IS/22
Jueza ponente: Carmen Corral Ponce
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 26 de mayo de 2022.
CASO No. 62-19-IS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIB UCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 62-19-IS/22
I. Antecedentes procesales
1. El 7 de febrero de 2019, Jeaneth Alexandra Escobar Jarrín, planteó una acción de
protección en contra del Conjunto Residencial Rocattas, alegando que el contenido del
acta de la Asamblea Ordinaria de Copropietarios del conjunto, efectuada el 13 de enero
2019, en la que se resolvió su destitución del cargo de vicepresidenta del referido
conjunto residencial, vulneró sus derechos constitucionales1. Luego del sorteo de rigor,
la causa se signó con el No. 17460-2019-00727 y correspondió su conocimiento a la
Unidad Judicial de Tránsito con sede en el Distrito Metropolitano de Quito.
2. En sentencia de 1 de abril de 2019, la jueza de la Unidad Judicial de Tránsito con sede
en el Distrito Metropolitano de Quito resolvió rechazar por improcedente la acción de
protección. Inconforme con la decisión Jeaneth Alexandra Escobar Jarrín interpuso
recurso de apelación.
3. En sentencia de 13 de junio de 2019, los jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial
de Justicia de Pichincha resolvieron aceptar la acción de protección y dispusieron
medidas de reparación2.
1 La accionante alegó vulneración de sus derechos constitucionales al debido proceso, a la seguridad
jurídica, y al buen nombre.
2 La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha dispuso las siguientes medidas de reparación:
“(…) 3.- Como medidas de reparación se dispone: dejar sin efecto la Resolución adoptada el día 13 de
enero del 2019, en la Asamblea General Ordinaria de Copropietarios del Conjunto Residencial Rocattas,
en lo que respecta exclusivamente en el TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, por lo que se dispone
se vuelva a convocar a los Copropietarios de Dicho Conjunto Habitacional dentro del término de 15 días
contados desde la notificación de esta acción de protección a fin de que se trate los temas abordados en
este tercer punto, siguiendo el debido proceso establecido en la CRE leyes especiales y Reglamentos
internos dándole el derecho a la legitimada activa Jeaneth Alexandra Escobar a fin de ejerza su derecho
a la defensa. 4.- Como medida de reparación integral, el representante legal de dicho Conjunto
Habitacional, antes de tratar el tercer punto del orden del día de la Asamblea General Ordinaria de
Tema: En este fallo se resuelve desestimar la acción de incumplimiento presentada
respecto de la sentencia dictada por los jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial
de Justicia de Pichincha, dentro de la acción de protección No. 17460-2019-00727.
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