Sentencias. 69-21-IS/22 En el Caso No. 69-21-IS Desestímese la acción de incumplimiento No. 69-21-IS

Número de Boletín121
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Lunes 21 de noviembre de 2022 Edición Constitucional Nº 121 - Registro Ocial
38
Sentencia No. 69-21-IS/22
Jueza ponente: Daniela Salazar Marín
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 14 de septiembre de 2022
CASO No. 69-21-IS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 69-21-IS/22
1. Antecedentes y procedimiento
1.1. Antecedentes procesales
1. El 22 de septiembre de 2008, Fausto Orlando Morejón Cifuentes, Carlos Francisco
Román Andino, Manuel Roberto Soria Carrillo, Ernesto Fernando Villacís Heredia,
Hugo Marcelo Ayala Alarcón, Fernando Ramiro Burbano Dávalos, Edgar Efrén Erazo
Figueroa, Asís Orlando Enríquez Ayala, Juan Eduardo Espinoza Zapata, Julio Alfredo
Álvarez Velásquez, Luis Enrique Paz Salazar, César Alberto Jacho Cayo y Julio
Marcelo Pérez Manobanda (“Fausto Orlando Morejón Cifuentes y otros”)
presentaron una demanda contencioso administrativa, mediante la cual impugnaron la
resolución No. GGN-RE-0468 de 13 de mayo de 2008 que disponía la supresión de los
cargos que venían desempeñando en la Corporación Aduanera del Ecuador, en la
actualidad, Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (en adelante, “SENAE”). El
proceso se signó con el No. 17802-2008-18302.
2. El 02 de diciembre de 2010, la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo No. 1 con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, aceptó la demanda,
declaró nulo el acto administrativo contenido en la resolución No. GGN-RE-0468 y
dispuso el reintegro de Fausto Orlando Morejón Cifuentes y otros a sus puestos de
trabajo en el término de cinco días, así como el pago de una indemnización por la
supresión de los cargos y las remuneraciones dejadas de percibir durante el cese hasta
el reintegro a sus puestos de trabajo. En respuesta, el 18 de enero de 2011, el SENAE
interpuso recurso de casación.
3. Luego de haberse admitido a trámite el recurso de casación, el 06 de agosto de 2012 la
Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia
Tema: La Corte Constitucional analiza la acción de incumplimiento de sentencia
constitucional presentada por Carlos Francisco Román Andino, mediante la cual
solicita el cumplimiento de la sentencia No. 0048-15-SEP-CC, en la que se dispuso
que se resuelva nuevamente un recurso de casación. La Corte desestima la acción al
verificar que la sentencia ha sido cumplida integralmente.
Sentencia No. 69-21-IS/22
Jueza ponente: Daniela Salazar Marín
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Te l. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Ban co Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 14 de septiembre de 2022
CASO No. 69-21-IS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 69-21-IS/22
1. Antecedentes y procedimiento
1.1. Antecedentes procesales
1. El 22 de septiembre de 2008, Fausto Orlando Morejón Cifuentes, Carlos Francisco
Román Andino, Manuel Roberto Soria Carrillo, Ernesto Fernando Villacís Heredia,
Hugo Marcelo Ayala Alarcón, Fernando Ramiro Burbano Dávalos, Edgar Efrén Erazo
Figueroa, Asís Orlando Enríquez Ayala, Juan Eduardo Espinoza Zapata, Julio Alfredo
Álvarez Velásquez, Luis Enrique Paz Salazar, César Alberto Jacho Cayo y Julio
Marcelo Pérez Manobanda (Fausto Orlando Morejón Cifuentes y otros)
presentaron una demanda contencioso administrativa, mediante la cual impugnaron la
resolución No. GGN-RE-0468 de 13 de mayo de 2008 que disponía la supresión de los
cargos que venían desempeñando en la Corporación Aduanera del Ecuador, en la
actualidad, Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (en adelante, “SENAE). El
proceso se signó con el No. 17802-2008-18302.
2. El 02 de diciembre de 2010, la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo No. 1 con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, aceptó la demanda,
declaró nulo el acto administrativo contenido en la resolución No. GGN-RE-0468 y
dispuso el reintegro de Fausto Orlando Morejón Cifuentes y otros a sus puestos de
trabajo en el término de cinco días, así como el pago de una indemnización por la
supresión de los cargos y las remuneraciones dejadas de percibir durante el cese hasta
el reintegro a sus puestos de trabajo. En respuesta, el 18 de enero de 2011, el SENAE
interpuso recurso de casación.
3. Luego de haberse admitido a trámite el recurso de casación, el 06 de agosto de 2012 la
Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia

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