Dictámenes. 7-22-EE/22 En el Caso No. 7-22-EE Declárese la constitucionalidad del Decreto Ejecutivo No. 561 de 12 de septiembre de 2022

Número de Boletín129
SecciónDictámenes
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Martes 29 de noviembre de 2022Edición Constitucional Nº 129 - Registro Ocial
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Dictamen No. 7-22-EE/22
Juezas ponentes: Alejandra Cárdenas Reyes y
Carmen Corral Ponce
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 29 de septiembre de 2022
CASO No. 7-22-EE
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE EL SIGUIENTE
DICTAMEN No. 7-22-EE/22
Tema: En el presente dictamen la Corte Constitucional ejerce el control de
constitucionalidad de la renovación del estado de excepción declarado mediante
Decreto Ejecutivo N° 561 de 12 de septiembre de 2022, por medio del cual se renueva
el estado de excepción por grave conmoción interna emitido vía Decreto Ejecutivo N°
527 de 14 de agosto de 2022. Una vez efectuado el respectivo control formal y material
se declara su constitucionalidad.
I. Antecedentes
1. El 14 de agosto de 2022, el presidente de la República del Ecuador, Guillermo Lasso
Mendoza (en adelante, “el presidente de la República”), emitió el Decreto Ejecutivo
N° 527, referente al estado de excepción por “grave conmoción interna en los cantones
Guayaquil, Durán y Samborondón(en adelante, “decreto originario o decreto N°
527).
2. El 31 de agosto de 2022, el Pleno de la Corte Constitucional resolvió dictaminar “(…)
la constitucionalidad del estado de excepción en los cantones de Guayaquil, Durán y
Samborondón por grave conmoción interna, declarado mediante Decreto Ejecutivo
No. 527 de 14 de agosto de 2022
1
.
3. El 14 de septiembre de 2022, mediante oficio N° T.297-SGJ-22-0189 de 12 de
septiembre de 2022, suscrito por el presidente de la República del Ecuador, se notificó
a esta Corte Constitucional el Decreto Ejecutivo N° 561 de 12 de septiembre de 2022,
por medio del cual se dispuso: “Renovar la declaratoria el estado de excepción por
grave conmoción interna en los cantones Guayaquil, Durán y Samborondón, por
treinta días adicionales, en los mismos términos establecidos en el Decreto Ejecutivo
No. 527 de 14 de agosto de 2022, calificado como constitucional por la Corte
Constitucional del Ecuador, mediante dictamen 6-22-EE de 31 de agosto de 2022”.
4. De conformidad con el acta de sorteo electrónico, la sustanciación de la presente causa
le correspondió a la jueza constitucional Alejandra Cárdenas Reyes.
1
Corte Constitucional del Ecuador, dictamen N° 6-22-EE/22.
Dictamen No. 7-22-EE/22
Juezas ponentes: Alejandra Cárdenas Reyes y
Carmen Corral Ponce
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 29 de septiembre de 2022
CASO No. 7-22-EE
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE EL SIGUIENTE
DICTAMEN No. 7-22-EE/22
I. Antecedentes
1. El 14 de agosto de 2022, el presidente de la República del Ecuador, Guillermo Lasso
Mendoza (en adelante, el presidente de la República), emitió el Decreto Ejecutivo
N° 527, referente al estado de excepción por “grave conmoción interna en los cantones
Guayaquil, Durán y Samborondón(en adelante, decreto originario o decreto N°
527).
2. El 31 de agosto de 2022, el Pleno de la Corte Constitucional resolvió dictaminar (…)
la constitucionalidad del estado de excepción en los cantones de Guayaquil, Durán y
Samborondón por grave conmoción interna, declarado mediante Decreto Ejecutivo
No. 527 de 14 de agosto de 2022
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.
3. El 14 de septiembre de 2022, mediante oficio N° T.297-SGJ-22-0189 de 12 de
septiembre de 2022, suscrito por el presidente de la República del Ecuador, se notificó
a esta Corte Constitucional el Decreto Ejecutivo N° 561 de 12 de septiembre de 2022,
por medio del cual se dispuso:Renovar la declaratoria el estado de excepción por
grave conmoción interna en los cantones Guayaquil, Durán y Samborondón, por
treintaas adicionales, en los mismos términos establecidos en el Decreto Ejecutivo
No. 527 de 14 de agosto de 2022, calificado como constitucional por la Corte
Constitucional del Ecuador, mediante dictamen 6-22-EE de 31 de agosto de 2022”.
4. De conformidad con el acta de sorteo electrónico, la sustanciación de la presente causa
le correspondió a la jueza constitucional Alejandra Cárdenas Reyes.
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Corte Constitucional del Ecuador, dictamen 6-22-EE/22.
Martes 29 de noviembre de 2022 Edición Constitucional Nº 129 - Registro Ocial
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Dictamen No. 7-22-EE/22
Juezas ponentes: Alejandra Cárdenas Reyes y
Carmen Corral Ponce
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Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
5. En sesión ordinaria del Pleno de este Organismo celebrada el 14 de septiembre de
2022, se resolvió aplicar la figura prevista en el inciso segundo del artículo 195 de la
Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (en adelante,
“LOGJCC”), a fin de asignar una segunda ponencia dentro del caso N° 7-22-EE;
siendo sorteada para tal efecto la jueza constitucional Carmen Corral Ponce.
6. El 15 de septiembre de 2022, la Presidencia de la República remitió a esta Corte las
constancias de las notificaciones que determina el inciso primero del artículo 166 de
la Constitución de la República del Ecuador
2
.
7. El 16 de septiembre de 2022, las juezas sustanciadoras avocaron conocimiento de la
presente causa.
II. Competencia
8. El Pleno de la Corte Constitucional es competente para conocer y resolver sobre la
constitucionalidad del decreto de renovación del estado de excepción, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 166 y 436 numeral 8 de la Constitución de la
República del Ecuador (en adelante, “CRE”), en concordancia con los artículos 75
numeral 3 literal c), y 119 de la LOGJCC.
III. Consideraciones previas
9. Como un primer punto es menester precisar que el Decreto Ejecutivo N° 527 de 14 de
agosto de 2022, guarda relación directa con el Decreto Ejecutivo N° 561 de 12 de
septiembre del año en curso (en adelante, “decreto N° 561”), puesto que este último
corresponde a la renovación del estado de excepción originalmente declarado en los
cantones de Guayaquil, Durán y Samborondón, a causa de la grave conmoción interna
por el “(…) incremento de las actividades de grupos de delincuencia organizada cuya
violencia y prácticas se han recrudecido, por ejemplo, con eventos tales como el
atentado con explosivos suscitado en el sector Cristo del Consuelo entre la noche del
13 de agosto de 2022 y madrugada del 14 de agosto de 2022, eventos cuya escalada
pone en riesgo la seguridad de los ciudadanos, su integridad y su vida”.
10. En tal sentido, al encontrarnos frente a la renovación de un estado de excepción esta
Corte estima pertinente aclarar que el inciso segundo del artículo 166 de la CRE
prescribe que: “El decreto de estado de excepción tendrá vigencia hasta un plazo
máximo de sesenta días. Si las causas que lo motivaron persisten podrá renovarse
hasta por treinta días más, lo cual deberá notificarse. Si el Presidente no renueva el
decreto de estado de excepción o no lo notifica, éste se entenderá caducado” (énfasis
añadido).
2
Tales notificaciones fueron cursadas a la Asamblea Nac ional, Corte Constitucional, representación de la
Organización de los Estados Americanos en el Ecuador y representación de las Naciones Unidas en el
Ecuador.

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