Decretos. 735 Ratifíquese en todo su contenido las “Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas Crimen de Agresión”

Número de Boletín502
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Miércoles 5 de junio de 2019 – 3Registro Of‌i cial Nº 502 – Suplemento
No. 735
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que de acuerdo al artículo 418 de la Constitución de la
República, al Presidente de la República le corresponde
suscribir o ratif‌i car los tratados y otros instrumentos
internacionales;
Que las “Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte
Penal Internacional relativas al Crimen de Agresión”, fue
aprobado durante la Primera Conferencia de Revisión del
Estatuto de Roma celebrada en Kampala, Uganda, en el año
2010;
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 109 de
Constitucional, previo a la ratif‌i cación por el Presidente de
la República, los tratados internacionales deben ponerse
en conocimiento de la Corte Constitucional, para que esta
resuelva si requieren o no aprobación legislativa;
Que el Pleno de la Corte Constitucional, en sesión del 4
de septiembre del 2013, declaró mediante dictamen número
025-13-DTI-CC emitido dentro del caso número 0003-11-
TI, que el instrumento internacional sometido a análisis
requiere de aprobación previa por parte de la Asamblea
Nacional y que las disposiciones contenidas en este son
Ecuador; y,
Que el 23 de abril del 2019, la Asamblea Nacional se
pronunció resolviendo la aprobación de las “Enmiendas al
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas
al Crimen de Agresión”.
En ejercicio de la atribución conferida por el numeral 10 del
Decreta:
Artículo Único.- Ratif‌i car en todo su contenido las
“Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal
Internacional relativas al Crimen de Agresión”.
Disposición Final.- El presente Decreto Ejecutivo entrará
en vigencia a partir de su publicación en el Registro Of‌i cial,
de su ejecución encárguese al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de mayo de
2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 27 de mayo del 2019, certif‌i co que el que antecede es
f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente.
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No. 736
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Nacional, determina: “El Consejo de Of‌i ciales Generales
o Almirantes de Fuerza, es el órgano encargado de
conocer y resolver sobre la situación militar y profesional
de los of‌i ciales Generales de Brigada y Coroneles o sus
equivalentes. Sus atribuciones son las siguientes:
[…] d) Seleccionar y calif‌i car a los of‌i ciales para el
desempeño de las funciones de agregados militares,
adjuntos y representantes ante organismos internacionales,
de conformidad con el reglamento […]”;
Que, el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas, establece: “Los Agregados Militares a las
embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados
militares ante organismos internacionales, serán
nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del señor Ministro
de Defensa Nacional, previo pedido de los Comandantes
Generales de Fuerza, a través del Comando Conjunto de
las Fuerzas Armadas […]”;
Que, el Reglamento que Regula el Funcionamiento de las
Agregadurías en el Exterior, en el artículo 6 señala que
la duración en el desempeño de los cargos de Agregado
de Defensa, Delegados de Defensa ante Organismos
Internacionales y Ayudantes Administrativos será de un
año a un año seis meses, tiempo que será establecido por
el Ministerio de Defensa Nacional, en base a los informes
emitidos por cada Fuerza;
Que, el Consejo de Of‌i ciales Generales de la Fuerza
Terrestre, en sesión permanente llevada a cabo los
días miércoles 10 y jueves 11 de octubre del 2018, ha
resuelto seleccionar al CRNL. EMC. HERNÁNDEZ
GUIJARRO DIEGO MARTIN para que desempeñe la
función de Agregado de Defensa Militar y representante
ante Organismos Internacionales, de conformidad con lo
estipulado en el literal d) del artículo 38 de la Ley Orgánica
Que, mediante of‌i cio No. 2019-FT-C.G.F.T-1252 de fecha
02 de abril de 2019, el señor Comandante General de la
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