Acuerdos. 8329-A Tnte. Andrés Córdova Martínez, Jefe De Seguridad Del Viceministerio De Seguridad Interna

Número de Boletín1001
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Interior
Miércoles 10 de mayo de 2017 – 9Registro Of‌i cial Nº 1001
Artículo 7.- Póngase en conocimiento de la Secretaria
Nacional de Administración Pública, de la Doctora
Diana Lucía Espinoza Valdez, Asesora del Despacho
Ministerial y del Abogado José Rodrigo Moreno, Asesor
del Ministro del Interior.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dado en Quito,
Distrito Metropolitano, a 03 de febrero de 2017.
f.) Abg. Pedro Solines Chacón, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el
presente documento es fiel copia del original que reposa
en el archivo de la Dirección de Secretaría General de
este Ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito, a 27 de marzo de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría
General.
No. 8189
Abg. Pedro Solines Chacón
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, conforme a lo dispuesto por la letra g) del artículo
23 de la Ley Orgánica del Servicio Público, es derecho
irrenunciable de las servidoras y servidores públicos gozar
de vacaciones, licencias, comisiones y permisos de acuerdo
a lo prescrito por dicha Ley;
Que, el artículo 126 de la Ley Orgánica del Servicio
Público, en concordancia con el artículo 270 de su
Reglamento General establece que la subrogación procede
por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad
competente, cuando una servidora o servidor público deba
subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1292 de 04 de enero
de 2017, el señor Presidente de la República del Ecuador
cesó el encargo efectuado al Abogado Diego Fuentes Acosta
como Ministro del Interior y designa como Titular de esta
Cartera de Estado al Abogado Pedro Solines Chacón;
Que, con Acuerdo No. 1922 de 07 de febrero de 2017, la
Abogada Luisa Magdalena González, Secretaria Nacional
de la Administración Pública, conforme al pedido constante
en el Of‌i cio No. MDI-2017-0050-OF de 07 de febrero de
2017, otorga al Abogado Pedro Solines Chacón, Ministro
del Interior, licencia con remuneración desde el 07 hasta el
21 de febrero de 2017; y,
En ejercicio de las facultades que le conf‌i ere el numeral 1 del
17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,
Acuerda:
Artículo 1.- Disponer al señor Abogado Diego Xavier
Fuentes Acosta, Viceministro de Seguridad Interna, la
subrogación de las funciones y atribuciones del cargo de
Ministro del Interior, por el período comprendido desde el
07 al 21 de febrero del 2017 inclusive, en razón del goce de
licencia sin remuneración de su Titular.
Artículo 2.- El presente Acuerdo Ministerial, póngase
en conocimiento de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, mismo que entrará en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dado en el Distrito
Metropolitano de Quito, 07 de febrero de 2017.
f.) Abg. Pedro Solines Chacón, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certif‌i co que el
presente documento es f‌i el copia del original que reposa
en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 27
de marzo de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 8329-A
Abg. Diego Xavier Fuentes Acosta
MINISTRO DEL INTERIOR (S)
Considerando:
Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio
Público, párrafo cuarto, establece: “...Para efectuar
estudios regulares de posgrados, reuniones, conferencias,
pasantías y visitas de observación en el exterior o en el
país, que benef‌i cien a la Administración Pública, se
concederá comisión de servicios hasta por dos años,
previo dictamen favorable de la unidad de administración
del talento humano, siempre que la servidora o servidor
hubiere cumplido un año de servicio en la institución donde
trabaja...”
Que, el artículo 208 del Reglamento General a la Ley
Orgánica del Servicio Público, determina: “ Cuando una
servidora o servidor de libre nombramiento o remoción
se desplace a cumplir tareas of‌i ciales de capacitación y/o
actualización de conocimientos en reuniones, conferencias
o visitas de observación dentro o fuera del país, se le

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