Decretos. 839 Agradécese los servicios prestados y dese por terminadas las funciones del señor Denys Toscano Amores, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Ecuador ante el Gobierno de la República Democrática Federal de Etiopía

Número de Boletín23
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Jueves 22 de agosto de 2019 – 7Registro Of‌i cial Nº 23 – Suplemento
Publíquese y Comuníquese.-
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 6 de agosto de
2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
f.) Oswaldo Jarrín Román, General de División (SP),
Ministro de Defensa Nacional.
Quito, 16 de agosto del 2019, certif‌i co que el que antecede
es f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
N° 839
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENT£ CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
República del Ecuador, prevé como una de las atribuciones
del Presidente de la República, nombrar y remover a
embajadores y jefes de misión;
Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 563, de 26 de enero
de 2015, se nombra al Ministro Denys Toscano Amores,
funcionario de carrera diplomática del Servicio Exterior,
como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del
Ecuador ante el Gobierno de la República Democrática
Federal de Etiopía;
Que, mediante Acuerdo Ministerial N° 0000064, de 06 de
junio de 2019, se dispone el cierre de la Embajada del
Ecuador en la República Democrática Federal de Etiopía.
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere la
Decreta:
ARTÍCULO PRIMERO.- Agradecer los servicios
prestados y dar por terminadas las funciones del señor
Denys Toscano Amores, como Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario del Ecuador ante el Gobierno de la
República Democrática Federal de Etiopía.
ARTÍCULO SEGUNDO.- De la ejecución del presente
Decreto Ejecutivo que entrará en vigencia a partir de la
fecha de suscripción, encárguese el Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 6 de agosto de
2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
f.) José Valencia, Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana.
Quito, 16 de agosto del 2019, certif‌i co que el que antecede
es f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
N° 840
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Ecuador señala que “se reconoce el derecho de la población
a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado,
que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak
kawsay. Se declara de interés público la preservación
del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la
biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del
país, la prevención del daño ambiental y la recuperación
de los espacios naturales degradados”;
Que el artículo 395 numeral 2 de la Carta Fundamental
reconoce como uno de los principios ambientales que
las políticas de gestión ambiental se apliquen de manera
transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte
del Estado en todos sus niveles y por todas las personas
naturales o jurídicas en el territorio nacional;
Que el artículo 414 del texto constitucional dispone al
Estado adoptar medidas adecuadas y transversales para la
mitigación del cambio climático, mediante la limitación
de las emisiones de gases de efecto invernadero, de
la deforestación y de la contaminación atmosférica;
tomará medidas para la conservación de los bosques y la
vegetación, y protegerá a la población en riesgo;
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