Acuerdos. 8390 Dese Por Terminada La Subrogación De Funciones Del Abogado Diego Xavier Fuentes Acosta, Viceministro De Seguridad Interna

Número de Boletín1002
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Interior
Jueves 11 de mayo de 2017 – 3Registro Of‌i cial Nº 1002
No. 8390
Abg. Pedro Solines Chacón
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, conforme a lo dispuesto por la letra g) del artículo
23 de la Ley Orgánica del Servicio Público, es derecho
irrenunciable de las servidoras y servidores públicos gozar
de vacaciones, licencias, comisiones y permisos de acuerdo
a lo prescrito por dicha Ley;
Que, el artículo 126 de la Ley Orgánica del Servicio
Público, en concordancia con el artículo 270 de su
Reglamento General establece que la subrogación procede
por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad
competente, cuando una servidora o servidor público deba
subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1292 de 04 de enero
de 2017, el señor Presidente de la República del Ecuador
cesó el encargo efectuado al Abogado Diego Fuentes Acosta
como Ministro del Interior y designa como Titular de esta
Cartera de Estado al Abogado Pedro Solines Chacón;
Que, con Acuerdo No. 1922 de 07 de febrero de 2017, la
Abogada Luisa Magdalena González, Secretaria Nacional
de la Administración Pública,conforme al pedido constante
en el Of‌i cio No. MDI-2017-0050-OF de 07 de febrero de
2017, otorga al Abogado Pedro Solines Chacón, Ministro
del Interior, licencia sin remuneración desde el 07 hasta el
21 de febrero de 2017;
Que, con Acuerdo Ministerial No. 8189 de 07 de febrero
de 2017, el Abogado Pedro Solines Chacón, Ministro del
Interior, dispone al señor Abogado Diego Xavier Fuentes
Acosta, Viceministro de Seguridad Interna, la subrogación
de las funciones y atribuciones del cargo de Ministro del
Interior, por el período comprendido desde el 07 al 21 de
febrero del 2017 inclusive, en razón del goce de licencia sin
remuneración de su Titular; y,
En ejercicio de las facultades que le conf‌i ere el numeral 1 del
17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,
Acuerda:
Artículo 1.- Dar por terminada con fecha 20 de febrero de
2017, la subrogación de las funciones y atribuciones del
cargo de Ministro del Interior, dispuesta al señor Abogado
Diego Xavier Fuentes Acosta, Viceministro de Seguridad
Interna, mediante Acuerdo Ministerial No. 8189 de 07 de
febrero de 017.
Artículo 2.- El presente Acuerdo Ministerial, póngase
en conocimiento de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, mismo que entrará en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dado en el Distrito
Metropolitano de Quito, 20 de febrero de 2017.
f.) Abg. Pedro Solines Chacón, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certif‌i co que el
presente documento es f‌i el copia del original que reposa
en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 27
de marzo de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 8391
Abg. Pedro Solines Chacón
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Ecuador faculta a los Ministros de Estado, además de las
atribuciones establecidas en la Ley, ejercer la rectoría de las
políticas públicas del área a su cargo y expedir acuerdos y
resoluciones administrativas que requieran su gestión;
Que, de conformidad con el artículo 227 de la Constitución
de la República del Ecuador, la administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 11 de la Ley de Seguridad Pública y del
Estado, al referirse a órganos ejecutores, señala: “(...)
b) Del orden público: Ministerio de Gobierno, Policía
y Cultos, y, Policía Nacional.- La protección interna, el
mantenimiento y control del orden público tendrán como
ente rector al Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos.
Corresponde a la Policía Nacional su ejecución, la que
contribuirá con los esfuerzos públicos, comunitarios y
privados para lograr la seguridad ciudadana, la protección
de los derechos, libertades y garantías de la ciudadanía.
Apoyará y ejecutará todas las acciones en el ámbito de
su responsabilidad constitucional para proteger a los
habitantes en situaciones de violencia, delincuencia común
y crimen organizado”;
Que, el artículo 24 de la Ley de Seguridad Pública y del
Estado, establece que la Secretaría Nacional de Inteligencia
y las máximas autoridades de los órganos ejecutores
rendirán cuentas de su gestión, para su debido control, al
Ejecutivo y cada tres (3) meses a la Asamblea Nacional,
a través de la Comisión Especializada pertinente, la que
se declarará en sesión reservada, para el cumplimiento de
esta obligación. Rendirán cuentas también a la Contraloría
General del Estado en el ámbito de su competencia. La
Secretaría Nacional de Inteligencia deberá contar con las
autorizaciones previas de la Función Judicial conforme
dispone esta Ley;

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