Decretos. 920 Créase la Consejería de Gobierno para Política Territorial

Número de Boletín98
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
2 – Miércoles 11 de diciembre de 2019 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 98
enero de 2016, instrumento normativo que establece los
requisitos y el trámite correspondiente para acceder al
indulto presidencial;
Que el señor Jimmy Fernando Enríquez Flores fue
sentenciado a cumplir la pena de cuarenta y cinco meses
de privación de la libertad, y al pago de una multa que
asciende a doce salarios básicos unif‌i cados del trabajador
en general, impuestas mediante fallo de la Unidad Judicial
de Garantías Penales con sede en el Cantón Ibarra,
provincia de Imbabura, en el juicio nro. 10281-2015-
02073; por haberle encontrado responsable de la comisión
del delito tipif‌i cado y sancionado en el artículo 379 del
Código Orgánico Integral Penal, misma que fue ratif‌i cada
por la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de
Justicia de Imbabura, mientras que el recurso de casación
fue inadmitido por la Sala de lo Penal, Penal Militar, Penal
Policial y Tránsito de la Corte Nacional de Justicia, este
fallo se encuentra ejecutoriado por el ministerio de la ley;
Que mediante of‌i cio nro. SNAI-SNAI-2019-250-O, el
Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas
de la Libertad y a Adolescentes Infractores, remite el
informe motivado sobre la pertinencia de la concesión del
Indulto Presidencial a favor del señor Jimmy Fernando
Enríquez Flores; instrumento que en lo relacionado,
recomienda la concesión del Indulto Presidencial, de
conformidad con su atribución establecida en el segundo
inciso del artículo 5 del Reglamento para la Concesión de
Indulto, Conmutación o Rebaja de Penas; y,
Que el señor Jimmy Fernando Enríquez Flores, no
registra otros procesos penales pendientes de resolución,
ha manifestado arrepentimiento por el acto cometido y
ha solicitado disculpas por el mismo, y que se encuentra
privado de la 1ibertad desde el 9 de noviembre de 2018,
durante lo cual registra una conducta Buena.
En ejercicio de la atribución conferida en el número 18 del
Decreta:
Artículo 1.- Concédase el Indulto Presidencial a favor del
señor Jimmy Fernando Enríquez Flores, el cual consiste en
el perdón de la pena privativa de la libertad y la multa que
le fueron impuestas.
Artículo 2.- De la ejecución del presente Decreto
Ejecutivo, encárguese el Servicio Nacional de Atención
Integral a Personas Privadas de la Libertad y a Adolescentes
Infractores.
Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de
la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de octubre de
2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 6 de noviembre del 2019, certif‌i co que el que
antecede es f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente.
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR.
Nº 920
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
dispone que el Presidente de la República ejerce la Función
Ejecutiva, es el Jefe del Estado y de Gobierno y responsable
de la administración pública;
República prescribe que es atribución del Jefe de Estado
nombrar y remover a las ministras y ministros de Estado y a
las demás servidoras y servidores públicos cuya nominación
le corresponda;
Que, de acuerdo a las letras a), b), f), h) e i) del artículo
11 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, corresponde al Presidente de
la República dirigir y resolver los asuntos superiores
fundamentales de la Función Ejecutiva y del Estado
Ecuatoriano; orientar los aspectos fundamentales de las
actividades de los organismos y entidades que conforman
la Función Ejecutiva; adoptar decisiones de carácter
general o específ‌i co, según corresponda, mediante decretos
ejecutivos y suprimir, fusionar y reorganizar organismos de
la Función Ejecutiva;
Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 19 de 1 de junio
del 2017 establece que la Presidencia de la República
contará con Consejeros de Gobierno ubicados en el grado
8 dentro de la Escala del Nivel Jerárquico Superior, que
tendrán rango de Ministros y formará parte del Gabinete
Ministerial;
Que, mediante of‌i cio No. MINFIN-MINFIN-2017-0219-O
de 23 de mayo de 2017, el Ministerio de Economía y
Finanzas expidió el correspondiente informe previo; y
En ejercicio de las facultades y atribuciones que le
de la República del Ecuador, y la letra d) del artículo 11
del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,
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