Decretos. 974 Declárese en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañó al Primer Mandatario del Ecuador a la ciudad de Guatemala

Número de Boletín151
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Viernes 28 de febrero de 2020 – 3Registro Of‌i cial Nº 151 – Segundo Suplemento
Que el artículo 147 de la Norma Suprema, señala que: “Son
atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de
la República, además de los que determine la ley. […] 5.
Dirigir la administración pública en forma desconcentrada
y expedir los decretos necesarios para su integración,
organización, regulación y control. […]”; y el numeral
“16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas
y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del
alto mando militar y policial.”;
Que el artículo 160, inciso segundo de la Constitución de
la República establece que: “Los miembros de las Fuerzas
Armadas y de la Policía Nacional estarán sujetos a las
leyes específ‌i cas que regulen sus derechos y obligaciones y
su sistema de ascensos y promociones con base en Méritos
y con criterios de equidad de género. Se garantizará su
estabilidad y profesionalización”;
Que mediante Decreto Ejecutivo 495 de 3 de septiembre
de 2018, publicado en el Registro Of‌i cial 327 Suplemento
de 14 de septiembre de 2018, el Presidente Constitucional
de la República, licenciado Lenin Moreno Garcés, nombró
a la señora María Paula Romo Rodríguez como Ministra
del Interior;
Que con Decreto Ejecutivo 178 publicado en el Registro
Of‌i cial Suplemento 483 de 8 de mayo de 2019, el Presidente
Constitucional de la República, suprimió la Secretaría
Nacional de Gestión de la Política, pasando varias de sus
competencias al entonces Ministerio del Interior y dispuso
la transformación del Ministerio del Interior en Ministerio
de Gobierno;
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo
147 numerales 9 y 16 de la Constitución de la República
del Ecuador, y 62 del Código Orgánico de las Entidades de
Seguridad Ciudadana y Orden Público,
Decreta:
Artículo 1.- Agradecer al General Inspector Pablo Manuel
Aguirre Muñoz, por los valiosos servicios prestados a la
Patria como Comandante General de la Policía Nacional,
dignidad y función que culmina esta fecha.
Artículo 2.- Designar como Comandante General de la
Policía Nacional al General Inspector Hernán Patricio
Carrillo Rosero.
Artículo 3.- De la ejecución del presente Decreto
Ejecutivo, que entrará en vigencia a partir de la presente
fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial,
encárguese la señora Ministra de Gobierno.
COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE.-
Dado en Paute, a 10 de enero de 2020.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
f.) María Paula Romo Rodríguez, Ministra de Gobierno.
Quito, 7 de febrero del 2020, certif‌i co que el que antecede
es f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR.
No. 974
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
En ejercicio de la facultad que le conf‌i ere el Artículo 147
y el Artículo 11 letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva,
Decreta:
Artículo Primero.- Declarar en comisión de servicios a la
comitiva of‌i cial que acompañará al Primer Mandatario del
Ecuador a la ciudad de Guatemala, el 14 de enero de 2020,
con el propósito de asistir a la ceremonia de Transmisión
de Mando del Doctor Alejandro Giammattei, en la que será
investido como Presidente de la República de Guatemala
para el período 2020-2024, conformada por:
1. Señora Rocío González de Moreno, Presidenta del
Comité Interinstitucional del Plan “Toda una Vida”;
2. Señor José Valencia Amores, Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana;
3. Señor Richard Martínez Alvarado, Ministro de
Economía y Finanzas;
4. Señor Gabriel Arroba Soria, Secretario General de
Comunicación de la Presidencia de la República; y,
5. Señor Francisco Aguirre, Embajador de Ecuador en
Guatemala.
Artículo Segundo.- Las delegaciones y atribuciones de los
señores Ministros, en su ausencia, se regirán a lo dispuesto
en el Artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva.
Artículo Tercero.- Los viáticos y más gastos que
demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo a
los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen
los integrantes de esta comitiva.
Artículo Cuarto.- Este Decreto entrará en vigencia a partir
de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.

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