Causas 0057-16-IN CAUSA. Causa 0057-16-IN CAUSA - Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos. LEGITIMADO ACTIVO: Darwin Rolando Avendaño Delgado

Número de Boletín946-Segundo Suplemento
SecciónCausas
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
36 – Jueves 16 de febrero de 2017 Segundo Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 946
con la emisión de un of‌i cio que acepte o rechace el
requerimiento de reactivación del RUC. En el caso
de respuesta favorable, el contribuyente deberá
presentarse en cualquiera de las of‌i cinas del Servicio
de Rentas Internas a nivel nacional para la reactivación
del RUC, para lo cual deberá cumplir con los requisitos
generales para el proceso de actualización del RUC de
conformidad con la normativa secundaria vigente.
Sin perjuicio de la reactivación del RUC establecida
en este artículo, los procesos administrativos y/o
judiciales iniciados o que inicie la Administración
Tributaria respecto al contribuyente en atención a su
condición de empresa inexistente, fantasma o persona
natural o sociedad que realiza actividades supuestas
y/o transacciones inexistentes, continuarán hasta su
f‌i nalización.”
“Artículo 10.- Emisión de comprobantes electrónicos:
Estarán obligados a emitir exclusivamente
comprobantes de venta, retención y documentos
complementarios electrónicos mediante mensajes de
datos los siguientes sujetos pasivos:
a) Los contribuyentes notif‌i cados con un of‌i cio
favorable para reactivar su RUC, según lo señalado
en el artículo precedente.
b) Los contribuyentes que impugnen la resolución de
declaratoria de empresas inexistentes o fantasmas o
de personas naturales o sociedades con actividades
supuestas y/o transacciones inexistente, mediante
vía administrativa o judicial.
Los contribuyentes señalados en el presente artículo
no podrán emitir comprobantes de venta, retención
o documentos complementarios bajo otras formas de
emisión, a excepción de las liquidaciones de compra de
bienes y prestación de servicios preimpresas.
No obstante de lo previsto en la normativa emitida
por el Servicio de Rentas Internas para la emisión
y autorización de este tipo de documentos, la
Administración Tributaria podrá suspender la vigencia
de la autorización para emitir comprobantes de venta,
retención y documentos complementarios electrónicos
mediante mensajes de datos a los sujetos pasivos
detallados en el primer inciso del presente artículo,
previa notif‌i cación, cuando no pueda verif‌i car la
existencia del lugar señalado como domicilio tributario,
así como la existencia o suf‌i ciencia de activos, personal,
infraestructura, que sean necesarios para la prestación
de servicios, producción o comercialización de bienes
que justif‌i quen la ejecución de actividades económicas
o la realización de las transacciones.”
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito, D.M., a 09 de febrero de 2017.
Dictó y f‌i rmó la Resolución que antecede, el Econ. Leonardo
Orlando Arteaga, Director General del Servicio de Rentas
Internas, en Quito, D.M., a 09 de febrero de 2017.
Lo certif‌i co.
f.) Dra. Alba Molina P., Secretaria General, Servicio de
Rentas Internas.
SALA DE ADMISIÓN
RESUMEN CAUSA No. 0057-16-IN
En cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Admisión,
mediante auto de 30 de enero del 2017, a las 20H14 y de
conformidad con lo establecido en el artículo 80, numeral 2,
y Control Constitucional, se pone en conocimiento del
público lo siguiente:
CAUSA: Acción pública de inconstitucionalidad de actos
normativos.
LEGITIMADO ACTIVO: Darwin Rolando Avendaño
Delgado.
CASILLA JUDICIAL: 3257.
CORREOS ELECTRÓNICOS: dard522@hotmail.com;
julicesar83@hotmail.com;
LEGITIMADOS PASIVOS: alcalde y procurador síndico
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
cantón Loja; y, procurador general del Estado.
NORMAS CONSTITUCIONALES
PRESUNTAMENTE VULNERADAS:
Artículos: 76, numeral 7, literal l); 82; 226; 240; 253; y,
264, numerales 1 y 6 de la Constitución de la República.
PRETENSIÓN JURÍDICA:
Solicita: “se declare la inconstitucionalidad por el fondo
y por la forma de la resolución No. 0028 - A – 2016,
expedido por el Sr. José Bolívar Castillo, en su calidad de
Alcalde del cantón Loja por violar el derecho de seguridad
jurídica, principio de legalidad, principio de autonomía de
los Gobierno Autónomos Descentralizados y motivación de
las resoluciones”; así también se disponga que el alcalde
del cantón Loja, pida disculpas públicas a la ciudadanía y
la suspensión provisional de la disposición acusada como
inconstitucional.
De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión,
publíquese este resumen de la demanda en el Registro
Of‌i cial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.
LO CERTIFICO.- Quito D.M., 10 de febrero del 2017, a
las 10h10.
f.) Paúl Prado Chiriboga, Secretario General (S).

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