Resoluciones. ACESS-2022-0026 Refórmese el Reglamento de Funcionamiento del Directorio

Número de Boletín88
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Salud Pública
Martes 21 de junio de 2022Registro Ocial Nº 88
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AGENCIA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE
SALUD Y MEDICINA PREPAGADA ACESS
RESOLUCIÓN Nro. ACESS-2022-0026
DR. ROBERTO CARLOS PONCE PÉREZ
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 32 de la Constitución de la República señala que la salud es un derecho
que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos,
entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el
trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir,
para lo cual garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales,
culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin
exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de
salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se
regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad,
calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y
generacional.
Que, la Carta Magna en el artículo 226, señala: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 Ibídem, prevé: “La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 360 de la Constitución, establece: “El sistema garantizará, a través de las
instituciones que lo conforman, la promoción de la salud, prevención y atención integral,
familiar y comunitaria, con base en la atención primaria de salud; articulará los diferentes
niveles de atención; y promoverá la complementariedad con las medicinas ancestrales y
alternativas”.

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