Acuerdo. 010-CG-2023 Apruébese el Plan Operativo Anual de las Actividades No Valoradas para el año 2023 de las Unidades Administrativas de la CGE

Fecha de publicación03 Mayo 2023
SecciónAcuerdos
EmisorContraloría General Del Estado
Tipo de documentoAcuerdo
Registro Ocial - Suplemento Nº 302
31
Miércoles 3 de mayo de 2023
ACUERDO No. 010 - CG - 2023
EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 211 atribuye a la Contraloría
General del Estado el control de la utilización de los recursos estatales, y la consecución de
los objetivos de las instituciones del Estado y de las personas jurídicas de derecho privado
que dispongan de recursos públicos; y en su artículo 212 la dirección del sistema de control
administrativo que se compone de auditoría interna, auditoría externa y del control interno de
las entidades del sector público y de las entidades privadas que dispongan de recursos
públicos;
Que, el artículo 293 de la Constitución, prevé: “La formulación y la ejecución del Presupuesto
General del Estado se sujetarán al Plan Nacional de Desarrollo. Los presupuestos de los
gobiernos autónomos descentralizados y los de otras entidades públicas se ajustarán a los
planes regionales, provinciales, cantonales y parroquiales, respectivamente, en el marco del
Plan Nacional de Desarrollo, sin menoscabo de sus competencias y su autonomía.”;
Que, los artículos 2, 4 y 31 número 1 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado,
facultan a la Contraloría General del Estado ejercer el control de los recursos públicos en las
Instituciones del Estado y a las personas jurídicas de derecho privado, que dispongan de
recursos públicos;
Que, el artículo 77, letra a) de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, señala
como atribución y obligación de la máxima autoridad de la institución, dirigir y asegurar la
implantación, funcionamiento y actualización del sistema de control interno y de los sistemas
de administración financiera, planificación, organización, información de recursos humanos,
materiales, tecnológicos, ambientales y más sistemas administrativos;
Que, el artículo 5, numeral 1 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, al
hacer referencia a los Principios Comunes, dispone: “Sujeción a la planificación. - La
programación, formulación, aprobación, asignación, ejecución, seguimiento y evaluación del
Presupuesto General del Estado, los demás presupuestos de las entidades públicas y todos
los recursos públicos, se sujetarán a los lineamientos de la planificación del desarrollo de
todos los niveles de gobierno…”;
Que, La Norma de Control Interno 200-02 Administración Estratégica, señala que “Los planes
operativos constituirán la desagregación del plan plurianual y contendrán: objetivos,
indicadores, metas, programas, proyectos y actividades que se impulsarán en el período
anual, documento que deberá estar vinculado con el presupuesto a fin de concretar lo
planificado en función de las capacidades y la disponibilidad real de los recursos”;
Que, mediante Acuerdo 015-CG-2020 de 30 de julio de 2020, publicado en la Edición Especial
N° 852 del Registro Oficial de 5 de agosto de 2020, se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión

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