Acuerdo. MDI-DMI-2025-0003-ACUERDO Se agradece por los servicios brindados al señor Coronel de Policía Nelson Francisco Arroba Fonseca, quien cumplió funciones como Subsecretario de Policía

Fecha de publicación12 Febrero 2025
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio Del Interior
Tipo de documentoAcuerdo
Miércoles 12 de febrero de 2025Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 742
41
ACUERDO Nro. MDI-DMI-2025-0003-ACUERDO
SRA. DRA. MÓNICA ROSA IRENE PALENCIA NÚÑEZ
MINISTRA DEL INTERIOR
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: “A las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley les corresponde: 1. Ejercer
la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión”;
Que, el artículo 160 de la Constitución de la República del Ecuador inciso segundo menciona: “Los
miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional estarán sujetos a las leyes específicas
que regulen sus derechos y obligaciones, y su sistema de ascensos y promociones con base en
méritos y con criterios de equidad de género. Se garantizará su estabilidad y profesionalización.”;
Que, el artículo 163 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: “La Policía
Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada,
profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden
público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del
territorio nacional”;
Que, el artículo 226 de la norma suprema dispone: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y
hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 227 de la norma ibidem, dispone: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación ”;
Que, el artículo 229 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: “Serán servidoras o
servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen,
presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público. Los derechos de
las servidoras y servidores públicos son irrenunciables. La ley definirá el organismo rector en
materia de recursos humanos y remuneraciones para todo el sector público y regulará el ingreso,
ascenso, promoción, incentivos, régimen disciplinario, estabilidad, sistema de remuneración y
cesación de funciones de sus servidores”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 410, publicado en Registro Oficial Nro. 235 de 14 de julio
de 2010, se cambia la denominación del Ministerio de Gobierno, Policía, Cultos y Municipalidades,
por la de "Ministerio del Interior"; y, se dispone que el Ministerio del Interior tendrá a su cargo el
ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, y el cumplimiento de las funciones,
atribuciones, responsabilidades y competencias asignadas al Ministerio de Gobierno, Policía, Cultos
y Municipalidades, excepto en lo referente a cultos que pasan a ser competencia del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos y, en lo referente a municipalidades, demás gobiernos autónomos
descentralizados, que pasan a ser competencia del Ministerio de Coordinación de la Política;
Que, mediante Decreto Ejecutivo 632, publicado en Registro Oficial No. 372, de 27 de enero del
2011, el Presidente de la República, decreta reorganizar la Policía Nacional y dispone que la
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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