Acuerdo. Registro Oficial - Segundo Suplemento Nº 437
| Fecha de publicación | 15 Noviembre 2023 |
| Sección | Acuerdos |
| Emisor | Artículo 1.- “manual Operativo Proyecto de Reconstrucción Resiliente de Emergencia - P181079” que Disposiciones Generales Primera. - que Disposición Final.- que Comuníquese y Publíquese.- que Documento Firmado Electrónicamente Sr. Ing. César Eduardo Rohon Hervas Ministro de Transporte y Obras Públicas que Cesar Eduardo Rohon Hervas Registro Oficial - Segundo Suplemento nº 437 que que Acuerda |
| Tipo de documento | Acuerdo |
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El Manual de Operaciones del Proyecto (MOP), tiene por objeto establecer las normas
operativas que regirán la ejecución del “
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en sujeción a lo dispuesto en el Convenio de Préstamo BM Nro. BIRF-9555-EC,
suscrito con el BM conforme a las políticas y normas establecidas para el efecto y la
normatividad nacional que aplique.
Establece los procedimientos técnicos, administrativos, financieros y de adquisiciones, en
el uso de los fondos públicos conforme a lo establecido en los Convenios celebrados para
la ejecución del Proyecto. El MOP, es parte de los documentos oficiales del Proyecto, que
define los lineamient os estratégicos y la Gestión Operativa del mismo. Su cumplimiento es
obligatorio y será parte de las responsabilidades del MTOP como entidad del Gobierno
ejecutora del Proyecto.
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El MOP, está elaborado para guiar y facilitar la ejecución del Proyecto, dotar al ejecutor y
demás instancias que intervienen en el mismo, de una herramienta para la
implementación, ejecución, administración, coordinación, seguimiento y evaluación de
cada uno de los componentes. Esta herramienta es flexible en el sentido que se puede
modificar para adaptarse a las necesidades y/o dificultades a lo largo d e la implementación
del Proyecto.
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Los usuarios del MOP, son todas las entidades y personas naturales o jurídicas que
participen directa o indirectamente en la ejecución, financiamiento, administración,
supervisión y evaluación del Proyecto, tales como: MTOP, beneficiarios del Proyecto,
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organismos, organizaciones, agencias participantes, empresas contratistas y consultoras
especializadas.
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El MOP, será aprobado y expedido por la Máxima Autoridad del MTOP o su delegado
mediante el documento legal pertinente. Antes de la aprobación del MOP el MTOP
solicitará la No Objeción del mismo al BM.
El MOP, es un documento dinámico que se actualizará de común acuerdo de las partes
según las necesidades de implementación del proyecto. Para agilizar el proceso de
actualización, el Equipo de Implementación del Proyecto (EIP) 7,
a través de su
Coordinador/a, previas aprobaciones internas del MTOP solicitará la No Objeción al BM de
cada una de las modificaciones propuestas.
El MTOP, expedirá y aprobará en el ámbito de sus competencias los acuerdos ministeriales,
delegaciones, procedimientos, guías e instructivos necesarios para la ejecución del
Proyecto.
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El presente MOP, deberá publicarse en el sitio web del MTOP, previa aprobación del BM,
así como sus actualizaciones.
Por otro lado, se deberá publicar el Marco de Gestión Ambiental y Social (MGAS), Marco
de Política de Reasentamiento (MPR), Plan de Participación de Partes Interesadas (PPPI),
Marco de Planificación para Pueblos Indígenas (MPPI), Marco de Prevención de Violencia
Basada en Género (MPVBG), Procedimientos de Gestión de la Mano de Obra (PGMO), los
instrumentos específicos ambientales y sociales a prepararse para cada una de las
intervenciones del Proyecto, según sea necesario, así como cualquier actualización futura
de cualquiera de estos documentos previa No Objeción del BM.
7 PIT por sus siglas en inglés, Project Imple mentation Team
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organismos, organizaciones, agencias participantes, empresas contratistas y consultoras
especializadas.
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El MOP, será aprobado y expedido por la Máxima Autoridad del MTOP o su delegado
mediante el documento legal pertinente. Antes de la aprobación del MOP el MTOP
solicitará la No Objeción del mismo al BM.
El MOP, es un documento dinámico que se actualizará de común acuerdo de las partes
según las necesidades de implementación del proyecto. Para agilizar el proceso de
actualización, el Equipo de Implementación del Proyecto (EIP) 7, a través de su
Coordinador/a, previas aprobaciones internas del MTOP solicitará la No Objeción al BM de
cada una de las modificaciones propuestas.
El MTOP, expedirá y aprobará en el ámbito de sus competencias los acuerdos ministeriales,
delegaciones, procedimientos, guías e instructivos necesarios para la ejecución del
Proyecto.
11..55PPUUBBLLIICCAACCIIÓÓNN
El presente MOP, deberá publicarse en el sitio web del MTOP, previa aprobación del BM,
así como sus actualizaciones.
Por otro lado, se deberá publicar el Marco de Gestión Ambiental y Social (MGAS), Marco
de Política de Reasentamiento (MPR), Plan de Participación de Partes Interesadas (PPPI),
Marco de Planificación para Pueblos Indígenas (MPPI), Marco de Prevención de Violencia
Basada en Género (MPVBG), Procedimientos de Gestión de la Mano de Obra (PGMO), los
instrumentos específicos ambientales y sociales a prepararse para cada una de las
intervenciones del Proyecto, según sea necesario, así como cualquier actualización futura
de cualquiera de estos documentos previa No Objeción del BM.
7 PIT por sus siglas en inglés, Project Imple mentation Team
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La Constitución de la República del Ecuador, en su sección novena Gestión de Riesgo
establece que: “Art. 389.- El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la
naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico
mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y
mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de
minimizar la condición de vulnerabilidad.
El sistema nacional descentralizado de gestión de riesgo está compuesto por las unidades
de gestión de riesgo de todas las instituciones públicas y privadas en los ámbitos local,
regional y nacional. El Estado ejercerá la rectoría a través del organismo técnico establecido
en la ley. Tendrá como funciones principales, entre otras:
1. Identificar los riesgos existentes y potenciales, internos y externos que afecten al
territorio ecuatoriano.
2. Generar, democratizar el acceso y difundir información suficiente y oportuna para
gestionar adecuadamente el riesgo.
3. Asegurar que todas las instituciones públicas y privadas incorporen obligatoriamente,
y en forma transversal, la gestión de riesgo en su planificación y gestión.
4. Fortalecer en la ciudadanía y en las entidades públicas y privadas capacidades para
identificar los riesgos inherentes a sus respectivos ámbitos de acción, informar sobre
ellos, e incorporar acciones tendientes a reducirlos.
5. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de prevenir y mitigar los
riesgos, así como para enfrentarlos, recuperar y mejorar las condiciones anteriores a
la ocurrencia de una emergencia o desastre.
6. Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades y prevenir,
mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados de desastres o
emergencias en el territorio nacional.
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